Nº 37543-MP-RE-G-SP
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA,
EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA, EL MINISTRO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, Y EL MINISTRO A.I. DE
GOBERNACIÓN Y POLICÍA Y SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política, 25 y 27 de la Ley General de la Administración Pública y en las Normas de Ceremonial del Estado,

Considerando.

I-Que los ciudadanos costarricenses y el Gobierno de la República, lamentan profundamente el sensible fallecimiento del señor Luis Paulino Mora Mora, Presidente de la Corte Suprema de Justicia.
II-Que en su vida, el señor Mora Mora desempeñó diferentes puestos públicos, entre los que se destacan Juez Penal y Tutelar de Menores de 1969 a 1975, Juez Primero Penal de San José en 1975, Juez Superior Penal de San José de 1975 a 1983. En este mismo año fue elegido Magistrado de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, cargo que desempeñó hasta 1985. De 1985 a 1986 fue Director del Área de Asistencia Técnica del Instituto Latinoamericano de las Naciones Unidas para el Delito (ILANUD). De 1986 a 1989 fue Ministro de Justicia y Gracia. En 1989 la Asamblea Legislativa lo eligió como Magistrado de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia para el período 1989 a 1997 y fue reelegido en ese cargo entre 1997 y 2005. En 1999 fue designado Presidente de la Corte Suprema de Justicia.
III- Que durante su ejercicio como funcionario público se caracterizó por el esfuerzo que dio al Poder Judicial, inspirador de las reformas más importantes en materia penal y de administración de justicia, el país lo recordará por ser un hombre entregado a la Función Pública, profundamente comprometido con la justicia.
Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Declárese Duelo Nacional los días lunes dieciocho, martes diecinueve y miércoles veinte de febrero del dos mil trece, durante los cuales se mantendrá izado el Pabellón Nacional a media asta en todos los edificios públicos y se suspenden todo tipo de actividades festivas de carácter oficial.
Artículo 2º—Sus honras fúnebres se efectuarán con los honores oficiales correspondientes.
Artículo 3º—El Gobierno de la República presenta sus más sinceras condolencias a la familia del ilustre señor Luis Paulino Mora Mora y a todos los funcionarios del Poder Judicial.
Artículo 4º—Rige durante los días dieciocho, diecinueve y veinte de febrero del dos mil trece.
Dado en la Presidencia de la República, a los dieciocho días del mes de febrero del dos mil trece.

Laura Chinchilla Miranda
Carlos Ricardo Benavides Jiménez
Ministro de la Presidencia
Enrique Castillo Barrantes
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto
Walter Navarro Romero
Ministro a.i. de Gobernación y Policía y Seguridad Pública


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