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aamenabar@diarioextra.com
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Esta es la imagen que Randall Rivera
muestra en su portal de Internet.
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La Sala Cuarta acogi— para estudio la
primera de tres acciones de inconstitucionalidad presentadas. Esta fue del
periodista Randall Rivera. De manera que mientras los magistrados resuelven por
el fondo, el art’culo que habla sobre secretos pol’ticos queda sin aplicaci—n.
El accionante asegur— sentirse muy
satisfecho con el fallo, ya que de esta manera quienes se dedican a la servicio
de la comunicaci—n podr‡n seguir informando sin temor a ser reprimidos con
c‡rcel por estar haciendo su trabajo.
ÒCreo que es una garant’a para que
dentro del plazo que la Sala Constitucional dure estudiando nadie puede dictar
una sentencia o acusarnos sobre ese art’culo, lo que nos da la tranquilidad
mientras tanto de que pase algoÓ, afirm— Rivera.
Mientras la Sala resuelve, la Asamblea
Legislativa podr‡ discutir en el plenario el texto sustitutivo que aprob— esta
semana la Comisi—n de Derechos Humanos, en donde se modificaba precisamente
este art’culo que hoy est‡ siendo analizado por la Sala.
Segœn explic— el periodista, este
derecho a la informaci—n est‡ siendo defendido desde dos escenarios, el primero
de ellos con el an‡lisis de esta acci—n y con la modificaci—n en v’a
legislativa.
Dentro de la acci—n, el comunicador
indic— que el art’culo ÒprevŽ sanciones de prisi—n para aquellas personas que
procuren u obtengan informaciones pol’ticas, lo cual limita la actividad de los
periodistas y de los medios de comunicaci—n colectiva, quienes normalmente son
los que denuncian actos de corrupci—n e irregularidades en las labores de los
funcionarios pœblicos y de los pol’ticos, al introducir la ley dicha esfera de
protecci—n particular a favor de los Òpol’ticosÓ se atenta contra la labor
investigativa, de denuncia y procura la transparencia que desarrollamos los
periodistas mediante los medios de comunicaci—n colectivaÓ.
Dentro de los fallos que se cometieron
a la hora de promulgar esta ley se encuentra la falta de publicaci—n, a la
modificaci—n hecha por los legisladores en el tema de espionaje inform‡tico,
que era en lo que al inicio se estaba normando.
En este sentido el texto inicial hac’a
referencia œnicamente a lo delitos que se realizar‡n dentro del espectro de
inform‡tica, pero el cambio ampli— los tŽrminos incluyendo todo tipo de
espionaje, en el que se encuentra incluido lo que se refiere a las
informaciones secretas pol’ticas, lo cual segœn el accionante no guarda
conexidad con el tema de delitos inform‡ticos e incluye una variaci—n de
delitos contra la seguridad de la naci—n.