/ SUCESOS
Gabriela Vargas L. Colaboradora 12:00 a.m. 18/11/2012
El
Poder Judicial no avala llegar a acuerdos entre v’ctimas y agresores en casos
en que estŽ presente la violencia domŽstica.
La Comisi—n de Violencia DomŽstica determin— que tampoco
se puede proponer la conciliaci—n ni homologaci—n de acuerdos aplicados en los
casos de otras materias.
El
acuerdo indica que no se puede conciliar en lo civil, penal, contravencional, pensiones alimentarias y de familia.
La
directriz es que no se deben ofrecer ni homologar acuerdos que revictimicen ni legitimen situaciones de violencia
domŽstica.
La
Corte no acepta, por ejemplo, que la persona agresora se mantenga dentro de la
vivienda, o que se le permita de nuevo su ingreso a la casa.
Tampoco
el Poder Judicial avala que se archiven las medidas de protecci—n que han sido
dictadas por una autoridad judicial.
Adem‡s,
el acuerdo a–ade que el cambio o vigencia de alguna medida de protecci—n por
algœn caso de violencia domŽstica solamente podr‡ ser hecho por medio de una
orden judicial.
Es
decir, aunque la v’ctima decida llegar a un acuerdo con su agresor, la medida
de protecci—n no podr‡ ser modificada o eliminada.
La
Comisi—n es del criterio que esas homologaciones no pueden ser aceptadas,
m‡xime si con esos acuerdos se pone en riesgo la dignidad o la integridad
f’sica o emocional de la v’ctima y familiares.