TRIBUNAL CONDENA DESPIDO POR AFILIACIîN A SINDICATO

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Escrito por Jarmon Noguera Gonz‡lez   

Viernes 16 de Noviembre de 2012 00:00

¥ Trabajadora agr’cola gan— caso

La Sala Segunda dio la raz—n a una trabajadora agr’cola que acus— a su patrono por despedirla luego de agremiarse a un movimiento sindical, pero adujo que lo hac’a porque la colaboradora ten’a varias ausencias injustificadas.

ÒÉno cabe duda que el despido de la demandante estuvo ligado a su afiliaci—n al sindicato (art’culo 363 y 368 del C—digo de Trabajo), de modo que los personeros de la empresa aprovecharon las ausencias de Žsta para alegar la supuesta causalÓ, se–ala el fallo del Tribunal.

Adem‡s agrega: ÒLlama la atenci—n que no fue sino hasta que se dio la mencionada afiliaci—n que los representantes de la empresa hicieron valer las ausencias para justificar el despido de la trabajadora, pese a que, como se dijo, exist’a una conducta permisiva de la compa–’a empleadora en ese sentidoÓ.

Ante esto, los magistrados de la Sala Segunda ordenan a la compa–’a a proceder con la reinstalaci—n de la trabajadora bajo las mismas condiciones que ten’a, as’ como el pago de los salarios ca’dos desde la fecha en que fue despedida y hasta que se vuelva a reincorporar y los aguinaldos correspondientes a ese per’odo.

Esto, justificado en que ÒÉes necesario se–alar que aquella actuaci—n que entra–a un fin discriminatorio, el ordenamiento jur’dico la sanciona con la nulidad del despido y, en consecuencia, con restituir las cosas al estado anterior, dado que la nulidad supone la inexistencia del acto y por ende que la relaci—n laboral afectada por aquella medida ilegal y arbitraria del empleadorÓ.