SALA II AVALA DESPIDO DE OFTALMîLOGO POR ACOSO SEXUAL

Imprimir

Correo electr—nico

 

Escrito por Jarmon Noguera Gonz‡lez   

MiŽrcoles 01 de Agosto de 2012 00:00

¥ En sentencia aseguran que se valoraron todas las pruebas

NAC6-2-1-ACOSO-SEXUALLa Sala El oftalm—logo hab’a interpuesto una demanda, porque consideraba su despido injustificado, algo que luego de pasar por las instancias respectivas, fue rechazado por el Tribunal de Casaci—n. Foto: ArchivoII le dio la raz—n a la Caja Costarricense de Seguro Social al despedir a un oftalm—logo por acoso sexual. Segœn el mŽdico en el primer fallo no se tom— en cuenta toda la prueba y solo el testimonio de la afectada, algo que el tribunal rechaz—.

ÒEn el an‡lisis del caso en estudio, se evidenci— que la prueba testimonial y disciplinaria del caso, confirm— el hostigamiento sexual que sufri— una trabajadora de la (CCSS), por parte del mŽdico oftalm—logoÓ, dicta el fallo de la Sala II.

Y recalc— que Òla jurisprudencia que tanto la Sala Segunda como la Sala Constitucional han emitido referente al tema de hostigamiento sexual, se–ala que no basta con las manifestaciones de la persona ofendida para acreditar la existencia del hostigamiento y por ende, la autoridad debe valorar toda la prueba aportada, tanto en la sede administrativa como judicialÓ.

De esta manera en la sentencia establece: ÒNo otra cosa se puede concluir de la denuncia y la testimonial evacuada en sede administrativa y judicial, por cuanto con ellas quedaron demostradas clara y fehacientemente las faltas a Žl atribuidas constitutivas de la causal de despido, conforme lo dispone el art’culo 27 de la Ley Contra el Hostigamiento o Acoso Sexual en el Empleo y la Docencia, en relaci—n con lo que establece el art’culo 81 inciso l) del C—digo de TrabajoÓ.

Entre las pretensiones del mŽdico estaban que la afectada le pagara los extremos laborales de preaviso, auxilio de cesant’a, vacaciones, aguinaldo, salarios ca’dos a t’tulo de da–os y perjuicios, intereses y ambas costas del proceso, lo que la Sala rechaz—.

 

Author of this article: Jarmon Noguera Gonz‡lez