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MiŽrcoles 25 DE julio DEL 2012

 

equipo para construcci—n no pagar‡ tributo

Sala IV anula cobro de impuesto a maquinaria

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Juan Pablo Arias juan.arias@nacion.com 12:00 a.m. 25/07/2012

La Sala IV declar— inconstitucional ayer el cobro del impuesto a la propiedad de veh’culos automotores, embarcaciones y aeronaves que se aplica a la maquinaria usada en construcci—n.

Segœn el alto tribunal, el gravamen debe recaer œnicamente sobre veh’culos que son usados para el traslado y transporte de personas o cosas, y no para la maquinaria de construcci—n.

Esta resoluci—n, sin embargo, no se traducir‡ en un reintegro de dinero a todas las empresas o propietarios que pagaron el impuesto, sino œnicamente a las que interpusieron el recurso.

ÒPara evitar graves afectaciones a la Hacienda Pœblica, la declaratoria de inconstitucionalidad carece de efectos retroactivos para quienes hayan pagado el tributo durante la vigencia de las normas declaradas inconstitucionales, por lo que en esos casos surte sus efectos a partir de la fecha de la sentenciaÓ, detall— la Sala en su voto.

En adelante, la Direcci—n de Tributaci—n deber‡ ajustar los tr‡mites internos para permitir a los propietarios de maquinaria de construcci—n el pago de los otros rubros, distintos al impuesto a la propiedad de veh’culos, contenidos regularmente en la f—rmula de cobro de los derechos de circulaci—n.

Para Randall Murillo, director de la C‡mara de la Construcci—n, este resultado satisface al gremio, porque, a su juicio, el impuesto encarec’a la actividad y afectaba la competitividad del sector.

En cuanto al marchamo, el Instituto Nacional de Seguros (INS) es el recaudador de los derechos de circulaci—n, por lo que deber‡ recibir instrucciones de parte de la Direcci—n de Tributaci—n sobre el cobro futuro.