San JosŽ, Costa Rica, Martes 20 de marzo de 2012

¥ Ayer sali— publicado en La Gaceta

RIGE REGLAMENTO PARA ELEGIR DE MAGISTRADOS

ANA V. AMENçBAR C.

aamenabar@diarioextra.com

A partir de ayer entr— en vigencia el nuevo reglamento para la elecci—n de los magistrados suplentes de la Corte Suprema de Justicia.

Ayer sali— publicado en el Diario La Gaceta el reglamento mediante el cual se dictan las nuevas reglas del juego para la elecci—n de los magistrados suplentes de las salas que conforman la Corte Suprema de Justicia.

De esta manera se da el banderazo de salida para que de ahora en adelante, la elecci—n de estos funcionarios pœblicos se de con mayor transparencia, especialmente en lo que corresponde a la elaboraci—n de las listas de candidatas y candidatos para los puestos.

A partir de este momento, las nuevas listas de personas aspirantes a un puesto de suplencia se deber‡n hacer segœn dicta el nuevo reglamento, de manera que se garantice que quienes las integren cuenten con las caracter’sticas id—neas para desempe–ar el cargo.

Estas listas se pasan a la Asamblea Legislativa para que sean los diputados quienes, basados criterios tŽcnicos, puedan determinar finalmente a las personas id—neas para desempe–ar los puestos vacantes.

Este reglamento, votado por Corte Plena, permite establecer un procedimiento en las cuatro Salas de la Corte para seleccionar y recomendar a las personas elegibles para los cargos de magistrados suplentes de acuerdo con el art’culo 164 de la Constituci—n Pol’tica y al 62 de la Ley Org‡nica del Poder Judicial.

Para que un abogado pueda participar en este concurso, deber‡ completar el formulario respectivo y suministrar, bajo fe de juramento, toda la informaci—n relacionada con aspectos de ’ndole personal, profesional, social y econ—mica, con el fin de definir su perfil y determinar posibles conflictos de intereses.

Toda la informaci—n suministrada deber‡ ser verificada por el Departamento de Personal de la Corte y se complementar‡ con un estudio sociolaboral.

Dentro de las listas deber‡ incluirse dos nombres para cada uno de los puestos vacantes, en igual proporci—n de hombres y mujeres, para garantizar la equidad de gŽnero.

 hizo.