El Sistema de Gesti—n de la Calidad del Poder Judicial |
Escrito por Luis Fernando Fern‡ndez
Hidalgo |
S‡bado 03 de Marzo de 2012 00:00 |
Juez. Tribunal Segundo Civil de San JosŽ La Norma GICA que se implementa en el Poder Judicial, de forma
voluntaria para los despachos que tienen interŽs en recibir la acreditaci—n,
es el producto de intensos procesos de participaci—n democr‡tica, tanto a
nivel interno en el propio Poder Judicial costarricense, como a lo externo
mediante la incorporaci—n fundamental del pensamiento de las personas
usuarias. En consecuencia, el despacho judicial debe definir la
aplicabilidad de cada art’culo de la Norma, en funci—n de sus propias
pr‡cticas, no debe ser impuesto con una visi—n jer‡rquica. El despacho judicial debe determinar el ambiente de trabajo
necesario que propicia el cumplimiento de objetivos por parte de los
servidores y servidoras judiciales, para que cumplan con los objetivos,
garantizar la existencia y ejecuci—n de un protocolo para la planeaci—n de
recursos, de modo que los medios de aprovisionamiento, apoyos tŽcnicos,
recursos humanos e infraestructura f’sica y telem‡tica sean ordenados
prioritariamente, identificados, sustentados tŽcnicamente y evaluados.
TambiŽn, est‡ obligado a asegurar que se cuenta y se ejecutar‡ un protocolo
para detectar, corregir y prevenir las no conformidades y las medidas
preventivas que se deriven de ellas. La implementaci—n de una norma de calidad en el Poder Judicial,
no se hizo por la ausencia de controles, pues todos los despachos judiciales
deben presentar informes estad’sticos trimestrales. A la vez, reciben
inspecciones judiciales cada semestre y cada vez que se considere necesario.
En consecuencia, si hay sistemas de evaluaci—n confiables y objetivos del
trabajo de los jueces y juezas, de vieja data, raz—n por la cual existe un
Departamento de Planificaci—n. El nuevo modelo asumido, parte de una calidad y el compromiso de
los funcionarios de comprender el sistema e involucrarse en la ejecuci—n, que
permita hacer las correcciones necesarias en el camino. En el Tribunal de Trabajo de Goicoechea se realiz— un informe de
la agencia USAID que se–ala 173 d’as, como duraci—n promedio de los juicios,
a diciembre de 2011. Asimismo, a junio de 2011, se resolvi— 829 asuntos.
Adem‡s, la prestaci—n del servicio obtuvo una nota de 71.29, confianza en el
sistema de 75.33 y velocidad de respuesta 71.33. Entre mayo y octubre de
2011, el informe acredita una disminuci—n del retraso judicial, esto
significa un menor tiempo de permanencia de un asunto pendiente de
resoluci—n, en un 45%. Lo anterior, es importante tenerlo claro para evitar
un juicio apresurado de los hechos. Finalmente, el Tribunal de Trabajo de San JosŽ, ante las
dificultades existentes pidi— a la Corte Plena la exclusi—n del nuevo
programa de gesti—n de la calidad, pero dej— abierta la posibilidad de
retomar el proceso de acreditaci—n bajo ciertas condiciones. Entre ellas,
recibir el apoyo de m‡s personal necesario. El Centro de Gesti—n de la Calidad no tiene un sistema
espec’fico de valoraci—n de riesgo institucional, lo cual ha imposibilitado
prever el representado por el deterioro de la comunicaci—n del Tribunal de
Trabajo con el —rgano de implementaci—n de la norma GICA. La Contralor’a de
Servicios del Poder Judicial acredita que se presentaron 63 gestiones ante
ese —rgano, de un total de 1448 asuntos resueltos en el Tribunal de Trabajo. Debe tomarse en cuenta el informe sobre independencia judicial,
que emiti— el Magistrado Fernando Cruz Castro, en julio de 2000, donde
atribuye al Poder Judicial costarricense una estructura vertical que en la
pr‡ctica provoca una atm—sfera autoritaria y de escasa participaci—n. Donde
no se da un autogobierno de los jueces. Advierte que la Intervenci—n de la
cœpula en las decisiones de otros tribunales, no es conveniente. Remarc— el Magistrado Cruz Castro que la integraci—n de
Comisiones como la de Penales, Laboral, Contencioso Administrativo se
convierte en un mecanismo sutil de intervenci—n sobre el juez. Estas
Comisiones, dada la jerarqu’a y poder de los miembros de la cœpula que la
integran, sin proponŽrselo en algunos casos y en otros con plena conciencia,
se convierten en una instancia informal de control sobre los jueces, lo que
resulta a todas luces inconveniente. La Asociaci—n Costarricense de la Judicatura considera oportuna
la evaluaci—n del trabajo de los Tribunales y la mejora de los sistemas para
un incremento de la productividad; por esta raz—n, en la administraci—n del
Poder Judicial debe darse participaci—n a la sociedad. No obstante, debe implementarse una serie de reglas claras para
suspender o concluir definitivamente un proceso de acreditaci—n, si este no
rinde los resultados esperados. Adem‡s, considerar los datos objetivos que
contienen los informes referentes a la Norma GICA, para contar con los
elementos de juicio m‡s integrales y tomar decisiones sobre la oportunidad o
necesidad de los cambios que es necesario implementar para un mejor resultado
institucional, en la ejecuci—n de recursos pœblicos que tambiŽn utiliza este
programa. |