El Sistema de Gesti—n de la Calidad del Poder Judicial

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Escrito por Luis Fernando Fern‡ndez Hidalgo   

S‡bado 03 de Marzo de 2012 00:00

Juez. Tribunal Segundo Civil de San JosŽ

La Norma GICA que se implementa en el Poder Judicial, de forma voluntaria para los despachos que tienen interŽs en recibir la acreditaci—n, es el producto de intensos procesos de participaci—n democr‡tica, tanto a nivel interno en el propio Poder Judicial costarricense, como a lo externo mediante la incorporaci—n fundamental del pensamiento de las personas usuarias.

En consecuencia, el despacho judicial debe definir la aplicabilidad de cada art’culo de la Norma, en funci—n de sus propias pr‡cticas, no debe ser impuesto con una visi—n jer‡rquica.

El despacho judicial debe determinar el ambiente de trabajo necesario que propicia el cumplimiento de objetivos por parte de los servidores y servidoras judiciales, para que cumplan con los objetivos, garantizar la existencia y ejecuci—n de un protocolo para la planeaci—n de recursos, de modo que los medios de aprovisionamiento, apoyos tŽcnicos, recursos humanos e infraestructura f’sica y telem‡tica sean ordenados prioritariamente, identificados, sustentados tŽcnicamente y evaluados. TambiŽn, est‡ obligado a asegurar que se cuenta y se ejecutar‡ un protocolo para detectar, corregir y prevenir las no conformidades y las medidas preventivas que se deriven de ellas.

La implementaci—n de una norma de calidad en el Poder Judicial, no se hizo por la ausencia de controles, pues todos los despachos judiciales deben presentar informes estad’sticos trimestrales. A la vez, reciben inspecciones judiciales cada semestre y cada vez que se considere necesario. En consecuencia, si hay sistemas de evaluaci—n confiables y objetivos del trabajo de los jueces y juezas, de vieja data, raz—n por la cual existe un Departamento de Planificaci—n.

El nuevo modelo asumido, parte de una calidad y el compromiso de los funcionarios de comprender el sistema e involucrarse en la ejecuci—n, que permita hacer las correcciones necesarias en el camino.

En el Tribunal de Trabajo de Goicoechea se realiz— un informe de la agencia USAID que se–ala 173 d’as, como duraci—n promedio de los juicios, a diciembre de 2011. Asimismo, a junio de 2011, se resolvi— 829 asuntos. Adem‡s, la prestaci—n del servicio obtuvo una nota de 71.29, confianza en el sistema de 75.33 y velocidad de respuesta 71.33. Entre mayo y octubre de 2011, el informe acredita una disminuci—n del retraso judicial, esto significa un menor tiempo de permanencia de un asunto pendiente de resoluci—n, en un 45%. Lo anterior, es importante tenerlo claro para evitar un juicio apresurado de los hechos.

Finalmente, el Tribunal de Trabajo de San JosŽ, ante las dificultades existentes pidi— a la Corte Plena la exclusi—n del nuevo programa de gesti—n de la calidad, pero dej— abierta la posibilidad de retomar el proceso de acreditaci—n bajo ciertas condiciones. Entre ellas, recibir el apoyo de m‡s personal necesario.

El Centro de Gesti—n de la Calidad no tiene un sistema espec’fico de valoraci—n de riesgo institucional, lo cual ha imposibilitado prever el representado por el deterioro de la comunicaci—n del Tribunal de Trabajo con el —rgano de implementaci—n de la norma GICA. La Contralor’a de Servicios del Poder Judicial acredita que se presentaron 63 gestiones ante ese —rgano, de un total de 1448 asuntos resueltos en el Tribunal de Trabajo.

Debe tomarse en cuenta el informe sobre independencia judicial, que emiti— el Magistrado Fernando Cruz Castro, en julio de 2000, donde atribuye al Poder Judicial costarricense una estructura vertical que en la pr‡ctica provoca una atm—sfera autoritaria y de escasa participaci—n. Donde no se da un autogobierno de los jueces. Advierte que la Intervenci—n de la cœpula en las decisiones de otros tribunales, no es conveniente.

Remarc— el Magistrado Cruz Castro que la integraci—n de Comisiones como la de Penales, Laboral, Contencioso Administrativo se convierte en un mecanismo sutil de intervenci—n sobre el juez. Estas Comisiones, dada la jerarqu’a y poder de los miembros de la cœpula que la integran, sin proponŽrselo en algunos casos y en otros con plena conciencia, se convierten en una instancia informal de control sobre los jueces, lo que resulta a todas luces inconveniente.

La Asociaci—n Costarricense de la Judicatura considera oportuna la evaluaci—n del trabajo de los Tribunales y la mejora de los sistemas para un incremento de la productividad; por esta raz—n, en la administraci—n del Poder Judicial debe darse participaci—n a la sociedad.

No obstante, debe implementarse una serie de reglas claras para suspender o concluir definitivamente un proceso de acreditaci—n, si este no rinde los resultados esperados. Adem‡s, considerar los datos objetivos que contienen los informes referentes a la Norma GICA, para contar con los elementos de juicio m‡s integrales y tomar decisiones sobre la oportunidad o necesidad de los cambios que es necesario implementar para un mejor resultado institucional, en la ejecuci—n de recursos pœblicos que tambiŽn utiliza este programa.