EL PAêS
MARTES 28 DE FEBRERO DEL 2012
Carlos Arguedas C.y Ronald Moya cargueadsc@nacion.com 12:00 a.m. 28/02/2012
El
magistrado Carlos Chinchilla Sand’ confirm— que ser‡ el encargado de instruir
la investigaci—n contra la jueza penal Vivian Coles Calder—n por el caso de la
liberaci—n de 12 polic’as detenidos en febrero del a–o pasado como sospechosos
de narcotr‡fico.
Chinchilla
dijo a La Naci—n que la designaci—n se hizo durante la sesi—n del lunes
20 de febrero, cuando se recibi— el informe del Tribunal de la Inspecci—n
Judicial.
ÒEso
se hace por sorteo y me correspondi— tramitarlo a m’. Ahora tengo un mes
calendario para presentar el informe a los dem‡s compa–eros de la CorteÓ, dijo.
Explic—
que se har‡ un an‡lisis completo del expediente y se emitir‡ un criterio que
puede ser avalado por los magistrados, o bien la Corte Plena puede tomar otra
decisi—n.
No
fue posible localizar ayer a Vivian Coles ni a su abogado defensor, JosŽ Pablo
Badilla.
Antecedente. El caso contra Vivian Coles se inici— en agosto
del 2011, cuando la jueza –actuando como Tribunal Penal– orden—, el
24 de agosto de ese a–o, la libertad de los oficiales y de un particular,
porque, en su criterio, un CD no ten’a grabada la audiencia en la que el juez
penal, Christian Calvo, les prorrog— la prisi—n preventiva por cuatro meses.
La
audiencia fue oral y, por eso, se registr— en audio y video, y no en papel. En
ese tipo de diligencias, el juez tiene la responsabilidad de velar porque se
haga la grabaci—n.
Debido
a la pugna que se present— sobre este tema, el Tribunal de la Inspecci—n
Judicial abri— una investigaci—n ante la posibilidad de que existieran hechos
irregulares.
La
investigaci—n era para aclarar si los involucrados en el proceso, incluyendo a
los jueces Calvo y Coles, siguieron los protocolos que rigen las audiencias
orales.
En
este caso, por ser una eventual infracci—n al art’culo 199 de la Ley Org‡nica
del Poder Judicial, se debe resolver sobre la permanencia, suspensi—n o
separaci—n del funcionario.
Sin
embargo, desde el 23 de diciembre la aplicaci—n de dicho art’culo est‡
suspendido, pues se present— una acci—n de inconstitucionalidad ante la Sala
IV.