ÀM‡s c‡rcel? No, gracias: Cartago y la delincuencia juvenil

MiŽrcoles, 18 de Enero de 2012 09:30

Escrito por Rodolfo Chaves Cordero (Abogado y defensor pœblico penal juvenil)

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La c‡rcel como encierro surgi— hace muchos siglos; sin embargo, como sanci—n propiamente dicha no sobrepasa los œltimos 300 a–os de la historia humana. No obstante lo anterior, se ha inculcado en el pensamiento de los miembros de la sociedad actual que es la œnica forma de control de la delincuencia.


Los medios de comunicaci—n -al respecto- han cambiado su papel de formadores de opini—n con la de creadores de opini—n, al introducir en el ciudadano la bœsqueda de la seguridad aun en detrimento de su propia libertad y al vender la err—nea idea de que el delincuente es el ÒotroÓ, alguien por el que no se debe tener la m’nima consideraci—n, ni en sus derechos y mucho menos en sus necesidades.

Pregonando incluso la renuncia a los derechos humanos en aras de una pretendida seguridad ut—pica, as’ no se atacan las causas que generan la delincuencia, provocada entre otras cosas por la mala distribuci—n del ingreso y la marginalizaci—n de amplios sectores de la sociedad de verdaderas oportunidades de desarrollo.


Ya es necio decir que la c‡rcel no cumple con los supuestos fines que le son magnificados por sus defensores: no resocializa, no soluciona el conflicto social, no reinserta al delincuente en la sociedad, no brinda seguridad al ciudadano, las v’ctimas no ven resarcidas sus necesidades m‡s all‡ del que pretenda un venganza por el mal sufrido y no controla la delincuencia; al final se convierte en un fin en s’ mismo y no en un medio efectivo para resolver los problemas de inseguridad ciudadana. La sobrepoblaci—n carcelaria no ha logrado reducir la delincuencia; al contrario, estamos creando con ella una nueva generaci—n de delincuentes con un mayor resentimiento social.
Ante esta verdad, han surgido nuevas formas de buscar c—mo solucionar el conflicto social surgido por la comisi—n del delito, en donde la v’ctima sea una verdadera parte del proceso y sean tomadas en cuenta sus necesidades para la soluci—n del caso, sin que sea un juez ajeno a la realidad de las partes en conflicto quien decida que le conviene o no a las mismas; todo lo anterior en apego de la legislaci—n nacional y sobre todo en un respeto total a los derechos humanos de ambas partes.
Como experiencia efectiva, al ser miembro del equipo penal juvenil del circuito judicial de Cartago, puedo se–alar que estas formas alternativas de resolver el proceso penal, lejos de ser una alcahueter’a como lo propugnan los hacedores de opini—n y sus analistas estrellas, son una verdadera manera de darle a la v’ctima un resarcimiento por el da–o causado, sea este efectivo o simb—lico, involucrando a la sociedad y a la familia en su verdadero rol de controladores sociales.
La realizaci—n de servicios comunales, acerc‡ndonos en estos momentos a las quince mil horas de servicios gratuitos a diferentes instituciones de la provincia, que se han apuntado con la idea de que la soluci—n de la inseguridad ciudadana es responsabilidad de todos, el impulso de efectivos programas sicol—gicos y sobre todo a la verdadera reinserci—n de estos j—venes a la comunidad han motivado que la reincidencia haya bajado en estos j—venes casi a cero, hecho importante porque rompe la carrera delincuencial; cada joven recuperado es un delincuente menos  a quien temer y un ciudadano m‡s en quien confiar; las v’ctimas han abandonado la venganza y buscado la reconciliaci—n.
Claro est‡, no todos los delitos pueden recibir este trato; habr‡ casos tan graves que deben seguir la v’a tradicional; por dicha son pocos y la c‡rcel como debe ser se aplica solo como œltimo recurso, sabiendo de antemano que estos j—venes encarcelados tendr‡n muy poca posibilidad de salir de este c’rculo vicioso de c‡rcel-delincuencia.