Dirigen actividad formativa a diversos despachos judiciales
CAPACITAN EN LEGISLACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS
· Ante entrada en vigencia de esta legislación en setiembre del 2011, luego de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Andrea Marín Mena
Periodista

La capacitación se impartió a varios departamentos del Poder Judicial.

Conocer a profundidad los alcances que tiene la Ley 8968 "Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus datos Personales", en el desempeño de las funciones dentro del Poder Judicial, fue uno de los principales objetivos que tuvo la capacitación que se llevó a cabo el pasado 20 de enero.
La actividad de formación estuvo a cargo del Juez de Tribunal de Apelaciones del II Circuito Judicial de San José, sede Goicoechea, Alfredo Chirino Sánchez y se contó con la participación del personal del Despacho de la Presidencia, de los Departamentos de Gestión Humana, de Prensa y Comunicación Organizacional, de la Sala Constitucional y la Unidad de Control Interno.
Uno de los aspectos importantes que señala la legislación es que la protección se da desde el primer momento en que se toman los datos, hasta su respectivo trámite.
Además, en el caso de las instituciones públicas como el Poder Judicial, se puede mantener las bases de datos para fines internos, por lo que estos bancos de información ingresan en el ámbito de acción de la ley, una vez que se pretenda su tráfico o venta.
Así lo establece su artículo 2 que determina el ámbito de aplicación donde se indica que: "Esta ley será de aplicación a los datos personales que figuren en bases de datos automatizadas o manuales, de organismos públicos o privados, y a toda modalidad de uso posterior de estos datos. El régimen de protección de los datos de carácter personal que se establece en esta ley no será de aplicación a las bases de datos mantenidas por personas físicas o jurídicas con fines exclusivamente internos, personales o domésticos, siempre y cuando estas no sean vendidas o de cualquier otra manera comercializadas".
La Ley 8968 fue aprobada por la Asamblea Legislativa en junio del 2011 y sancionada por el Poder Ejecutivo un mes después. Su publicación en el Diario Oficial La Gaceta se dio en setiembre del 2011, fecha en la que entró a regir.
Cabe destacar el objetivo y fin que tiene esta norma legal, cuyo artículo 1 establece claramente: "Esta ley es de orden público y tiene como objetivo garantizar a cualquier persona, independientemente de su nacionalidad, residencia o domicilio, el respeto a sus derechos fundamentales, concretamente, su derecho a la autodeterminación informativa en relación con su vida o actividad privada y demás derechos de la personalidad, así como la defensa de su libertad e igualdad con respecto al tratamiento automatizado o manual de sus datos correspondientes a su persona o bienes".

Licda. María Isabel Hernández Guzmán
Lic. Sergio Bonilla Bastos
Licda. Andrea Marín Mena
Licda. Teresita Arana Cabalceta
Licda. Marcela Fernández Chinchilla
Licda. Melania Chacón Chaves
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