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AUNQUE TENGAN FAMILIA EN EL PAêS,
EXTRANJEROS DEBEN CUMPLIR LA LEY |
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Escrito
por Jarmon Noguera Gonz‡lez |
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Jueves 05 de Enero de 2012 00:00 |
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¥ Sala I, sobre residencias
El fallo se da a ra’z de una denuncia
interpuesta por un hombre de apellidos Castro Lara contra el Estado, y la
Direcci—n General de Migraci—n y Extranjer’a, por haberle negado la
residencia en Costa Rica pese a ser hijo de un residente en el pa’s y hermano
de costarricenses. La negativa se dio porque al
solicitante se le pidi— que aportara una certificaci—n de solter’a pero lo
que present— fue un acta de declaraci—n juramentada, cuando la ley exige un
documento emitido en este caso, por el Registro Civil de Colombia. En la sentencia se explica que ÒEs
menester tomar en cuenta que los registros civiles son los encargados de
dejar constancia de los hechos o actos relativos al estado civil de las
personas naturales, as’ como otros que las leyes les encomiendenÉÓ. Finalmente la sala estableci— que con
el fallo no se desconoci— el derecho de reuni—n de una persona extranjera con
un familiar ya sea su padre o hermanos, sino que se reiter— la obligaci—n que
tienen las personas extranjeras de cumplir con las exigencias normativas que
establecen las leyes nacionales. |