Estrado Pol’tico

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Escrito por Msc. Carlos A. Zamora S‡nchez *   

Jueves 28 de Julio de 2011 00:00

Nuevo c—digo procesal civil, un cambio necesario

estradoA finales del a–o 1989, se public— en el Diario Oficial La Gaceta el C—digo Procesal Civil vigente hasta hoy, cambiando la concepci—n del proceso civil que mantuvo por muchos a–os el derogado C—digo de Procedimientos Civiles. La idea era establecer un instrumento ‡gil para solucionar los conflictos de ’ndole civil y comercial.

En aquel momento, el C—digo ten’a un predominio del sistema escrito, con fases de oralidad. El C—digo adem‡s otorg— m‡s posibilidades de actuaci—n de oficio a los juzgadores, y se implementaron nuevos procedimientos m‡s ‡giles como el monitorio.

Este cuerpo normativo a travŽs de los ya m‡s de veinte a–os de vigencia, ha sufrido una serie de reformas. Una de las m‡s fuertes cr’ticas que se han dado, es la lentitud de los procesos, la dificultad para tener acceso a la justicia civil, y la cantidad de aspectos tŽcnicos que se utilizan para retrasar, como recursos, nulidades, etc.

Con esta perspectiva, la Corte Suprema de Justicia, integr— nuevamente una comisi—n para la redacci—n de un nuevo proyecto de Ley. Hoy en d’a se estudia un texto que se encuentra en la corriente legislativa. La Asamblea Legislativa concedi— audiencia acerca del proyecto y la comisi—n de la Corte inici— una revisi—n del texto, en igual sentido, tambiŽn el Colegio de Abogados fue consultado y la Junta Directiva a travŽs de la Comisi—n de Derecho Civil y Comercial (que cuenta con representaci—n de los sectores de agremiados que se desarrollan en las ‡reas acadŽmica, litigantes y judicatura), se dio a la tarea de revisar el proyecto, y emiti— un dictamen favorable, con una serie de observaciones puntuales.

Se pretende que la legislaci—n que se apruebe llene las expectativas tŽcnicas y viables de un proceso civil m‡s ‡gil y accesible; y cumpla adem‡s con los principios de celeridad, publicidad, justicia pronta y cumplida, entre otros, sin olvidar el importante papel como norma de aplicaci—n supletoria en procesos como los agrarios, laborales, familia, etc.

La implementaci—n de la oralidad en este tipo de litigios constituye una de las m‡s notables innovaciones que introduce el proyecto, pero no es la œnica. Se contemplan aspectos relacionados con los plazos (duraci—n de los procesos), con las competencias y poderes del Juez, la participaci—n y deberes de los abogados, los recursos y nulidades, las etapas procesales y nuevas formas de desarrollar el proceso, las sentencias y sus formas de ejecuci—n. Se prevŽ la posibilidad del uso de la inform‡tica para implementar el expediente electr—nico, la Internet para el env’o y recepci—n de documentos (demandas, contestaciones, notificaciones, etc.), los medios para registrar las actuaciones (audio y video), posibilidad de tramitaci—n con horarios m‡s flexibles, y en general tr‡mites m‡s expeditos.

* Juez Civil

Miembro de la Comisi—n de Derecho Civil y Comercial Colegio de Abogados