11:05 a.m.LUNES 6 DE JUNIO DEL 2011 Edici—n Electr—nica
Es
necesario que la labor jurisdiccional estŽ sujeta al escrutinio pœblico, es
parte del principio de publicidad, como garant’a del debido proceso: para ello,
los medios de comunicaci—n colectiva juegan un papel importante. Lo que
sobrepasa esa labor contralora, es la actitud de destruir la confianza en la
judicatura, la honra y dignidad de las juezas y de los jueces, buscando crear
en el pœblico la idea de que en esa tarea privan motivos contrarios a la ley.
As’ fue en estos d’as, con la informaci—n que se ha difundido en casos
puntuales de la justicia penal.
Esa
situaci—n nos preocupa en la Asociaci—n Costarricense de la Judicatura Acojud,
la cual agrupa al 97% de los jueces y juezas de la Repœblica ya que dentro de
un marco Žtico, se supone, la prensa debe ser comedida y sujeta a su
responsabilidad social. De lo contrario, con intenci—n o sin ella, constituyen
una amenaza a la independencia judicial y el resguardo de derechos
fundamentales
Preocupante.
Reiteramos, la Acojud es
consciente del importante papel que desarrolla la prensa en la formaci—n de
opini—n y como instrumento de control de la actuaci—n pœblica. Eso s’, le
preocupa el rol que han impuesto algunos medios informativos en la difusi—n de
la noticia judicial en nuestro pa’s, por el peligro de soslayar la importancia
del poder judicial en el sostenimiento del sistema democr‡tico de derecho y,
por ende, de la confianza que debe tener la ciudadan’a en la institucionalidad
y en la actuaci—n de los jueces y juezas de la Repœblica.
Es
precisamente por el respeto a la legalidad que no deben discutirse las
resoluciones judiciales fuera del proceso en que se estŽ ventilando un caso
concreto, donde los hechos son de conocimiento exclusivo en fase de
investigaci—n, de las partes y el juez o jueza, debido a la privacidad y
protecci—n de las garant’as fundamentales de quienes est‡n sometidos a
Žl(ella), antes de la etapa de juicio pœblica. Debe darse un equilibrio entre
el derecho a la informaci—n, libertad de expresi—n y las garant’as procesales,
especialmente en la materia penal.
El
juzgador es el llamado constitucionalmente a calificar las actuaciones (l’citas
o il’citas) de cualquier persona y es garant’a del ciudadano el que sus
resoluciones sean objetivas e imparciales, ajustadas a los m‡s estrictos principios
de legalidad y constitucionalidad. Si deja de estar sometido a la Constituci—n
y a la ley, entonces s’ ser‡ responsable de sus actuaciones.
Confianza.
La Acojud insta a los ciudadanos
a tener confianza de que nuestro pa’s cuenta con jueces independientes, probos
y capacitados para ejercer sus competencias y que no est‡n comprometidos con
intereses innobles, que trabajan con libertad y absoluto apego a sus deberes.
De esa forma, garantizan al ciudadano sus derechos fundamentales y la paz
social.
Por
lo dicho, el respeto a la funci—n del juez y la jueza es basti—n para la
protecci—n de los administrados.
Los
ciudadanos y los poderes pœblicos que defienden nuestro sistema democr‡tico
deben ser los defensores de la independencia judicial y del cumplimiento de sus
resoluciones, porque a travŽs del juez y la jueza sus derechos van a ser
protegidos en caso de que no le sean reconocidos.
Adriana
Orocœ Chavarr’a, presidenta
Asociaci—n Costarricense de la Judicatura (Acojud)