MiŽrcoles 15 de Junio de 2011
Reingenier’a de la Sala Constitucional |
Escrito por Ana Virginia Calzada M.*
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La
creaci—n de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en
1989, revitaliz— el control de constitucionalidad de las normas y
disposiciones del ordenamiento jur’dico y, al mismo tiempo implement— un
sistema nacional de protecci—n de los derechos humanos; recursos como el
amparo, el h‡beas corpus y el h‡beas data, fueron remozados y dise–ados para
permitir un acceso a la justicia en los tŽrminos del art’culo 41 de nuestra
Constituci—n Pol’tica. Durante estos veintid—s a–os, en diferentes
oportunidades expertos y comentaristas han llamado la atenci—n social y del
mundo jur’dico por el crecimiento exponencial en el nœmero de acciones,
procesos o recursos tramitados y resueltos por la Sala. En los œltimos a–os,
estas voces tienden a se–alar tambiŽn la relaci—n que puede haber entre la
cantidad de asuntos ingresados y resueltos, y la capacidad de tiempo de las
se–oras magistradas y los se–ores magistrados. La preocupaci—n que se externa
se sustenta en nœmeros reales que en efecto muestran el aumento de los
asuntos ingresados, salvo en los dos œltimos per’odos que se muestra un leve
descenso en la interposici—n de acciones de garant’a. Sin embargo, en los
œltimos meses se ha manifestado la preocupaci—n por el nœmero de asuntos
resueltos en sentencia, pues partiendo del trabajo que ello implica para los
integrantes de la Sala, se cuestiona si existe el tiempo y el estudio necesario
de cada uno de los casos planteados. En
primer tŽrmino, debe enfatizarse que la situaci—n se–alada no es extra–a a la
propia Sala. Por el contrario, desde lo interno de la jurisdicci—n
constitucional y del Poder Judicial, se trabaja de manera constante en
adoptar las previsiones log’sticas, de recurso humano, tŽcnicas y de
informaci—n necesarias para la debida prestaci—n del servicio de manera
efectiva y eficiente, es decir, con respuestas justas y oportunas para la
poblaci—n usuaria. As’, gracias a la planificaci—n org‡nica y presupuestaria,
se ha dotado a la Sala del personal necesario para la tramitaci—n ‡gil y
certera de los asuntos que conoce; este, que es un tema esencial en la buena
marcha de un tribunal, por lo general pasa desapercibido en los comentarios
de estilo. Debe hacerse notar que el incremento en los asuntos presentados
ante la jurisdicci—n constitucional ha requerido, primordialmente, contar con
los procedimientos y mecanismos internos que sean aptos para su oportuno
diligenciamiento; sin ello, ser’a vano todo otro esfuerzo para la atenci—n de
la demanda. En efecto, la presentaci—n de m‡s de 18 mil acciones al a–o,
implica que para dar aquella soluci—n justa y oportuna, debe garantizarse que
la tramitaci—n de estos casos se realice de una manera ‡gil y precisa. As’,
desde el ingreso de los asuntos, la valoraci—n de si son admisibles, la
notificaci—n a las partes interesadas, el an‡lisis de las situaciones, la
discusi—n y votaci—n en Sala, la comunicaci—n de lo resuelto y la
verificaci—n de su cumplimiento, son todos factores que deben estar
plenamente ordenados a lo interno de la Sala, y sujetos a constante revisi—n
y estudio para implementar estrategias que permitan mejorar los tiempos de
respuesta, toda vez que optimizando el cumplimiento de estos procedimientos,
se permite que exista tiempo apropiado para la consideraci—n y resoluci—n de
los asuntos. Tomando
en consideraci—n la tendencia creciente de los a–os previos, con iniciativa
de la Presidencia de la Sala y con el apoyo de todos sus integrantes, se ide—
un proyecto de reingenier’a institucional de procesos que se implement— a
partir de octubre del a–o pasado. As’, desde el primer momento de acceso a la
Sala, el usuario es atendido por un profesional en Derecho, quien le explica
la trascendencia de la acci—n y el tr‡mite que podr‡ d‡rsele,
previniŽndosele en el acto toda precisi—n o aclaraci—n que proceda para la
buena marcha del recurso; esta informaci—n al usuario garantiza un
mejor conocimiento de las competencias y alcances de la jurisdicci—n
constitucional. Una modificaci—n adicional importante es la implementaci—n
del expediente digital o electr—nico, lo cual se enmarca en la directriz de
minimizaci—n del uso del papel, permitiendo cumplir varias etapas procesales
internas y externas con gran agilidad; ahora, un expediente ÇviajaÈ de una
oficina a otra, de un tr‡mite a otro, y puede ser visto y estudiado por cada
una de las se–oras y se–ores magistrados virtualmente. El proceso se completa
con la puesta en marcha y ampliaci—n de lo que se denomina votaci—n
electr—nica. Los magistrados manifiesten su criterio respecto de los asuntos
que ya han estudiado, y de manera casi simult‡nea se notifica lo
resuelto a las partes. La
conjunci—n de estos factores y, especialmente, el compromiso de los
magistrados y el personal de la Sala Constitucional dieron como resultado un
descenso significativo en el nœmero de expedientes pendientes de resoluci—n,
pues respecto del a–o 2009, el a–o 2010 mostr— una disminuci—n mayor al
cincuenta por ciento. De tal
forma, cuando se quiera se–alar alguna situaci—n que pueda inducir a
apreciaciones equivocadas acerca del trabajo de la jurisdicci—n
constitucional, debe tomarse en consideraci—n la totalidad de los factores
involucrados. As’, expresar preocupaci—n por el tiempo de los magistrados
para resolver la cantidad de asuntos de la Sala Constitucional, sin apreciar
y reconocer los esfuerzos, mejoras y modernizaci—n implementadas desde la
propia jurisdicci—n, es enviar a la poblaci—n una visi—n limitada y sesgada
de lo que realmente acontece en el Tribunal Constitucional. En el caso de los
comentarios a que hacemos referencia, se echa de menos un estudio
profundo sobre las razones que pueden explicar la buena marcha de la
jurisdicci—n constitucional. La Presidencia de la Sala ha mantenido una
pol’tica de puertas abiertas ante la opini—n pœblica, los medios de
comunicaci—n y la opini—n publicada, por lo que bien vale la pena aprovechar
los recursos ofrecidos, para acceder a informaci—n valiosa y certera de la
marcha del Tribunal, e informar con mayor exactitud de los asuntos atinentes
a esta jurisdicci—n. *
Presidenta Sala
Constitucional |