MiŽrcoles 15 de Junio de 2011

 

Reingenier’a de la Sala Constitucional

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Escrito por Ana Virginia Calzada M.*   

La creaci—n de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en 1989,  revitaliz— el control de constitucionalidad de las normas y disposiciones del ordenamiento jur’dico y, al mismo tiempo implement— un sistema nacional de protecci—n de los derechos humanos; recursos como el amparo, el h‡beas corpus y el h‡beas data, fueron remozados y dise–ados para permitir un acceso a la justicia en los tŽrminos del art’culo 41 de nuestra Constituci—n Pol’tica. Durante estos veintid—s a–os, en diferentes oportunidades expertos y comentaristas han llamado la atenci—n social y del mundo jur’dico por el crecimiento exponencial en el nœmero de acciones, procesos o recursos tramitados y resueltos por la Sala. En los œltimos a–os, estas voces tienden a se–alar tambiŽn la relaci—n que puede haber entre la cantidad de asuntos ingresados y resueltos, y la capacidad de tiempo de las se–oras magistradas y los se–ores magistrados. La preocupaci—n que se externa se sustenta en nœmeros reales que en efecto muestran el aumento de los asuntos ingresados, salvo en los dos œltimos per’odos que se muestra un leve descenso en la interposici—n de acciones de garant’a. Sin embargo, en los œltimos meses se ha manifestado la preocupaci—n por el nœmero de asuntos resueltos en sentencia, pues partiendo del trabajo que ello implica para los integrantes de la Sala, se cuestiona si existe el tiempo y el estudio necesario de cada uno de los casos planteados.

En primer tŽrmino, debe enfatizarse que la situaci—n se–alada no es extra–a a la propia Sala. Por el contrario, desde lo interno de la jurisdicci—n constitucional y del Poder Judicial, se trabaja de manera constante en adoptar las previsiones log’sticas, de recurso humano, tŽcnicas y de informaci—n necesarias para la debida prestaci—n del servicio de manera efectiva y eficiente, es decir, con respuestas justas y oportunas para la poblaci—n usuaria. As’, gracias a la planificaci—n org‡nica y presupuestaria, se ha dotado a la Sala del personal necesario para la tramitaci—n ‡gil y certera de los asuntos que conoce; este, que es un tema esencial en la buena marcha de un tribunal, por lo general pasa desapercibido en los comentarios de estilo. Debe hacerse notar que el incremento en los asuntos presentados ante la jurisdicci—n constitucional ha requerido, primordialmente, contar con los procedimientos y mecanismos internos que sean aptos para su oportuno diligenciamiento; sin ello, ser’a vano todo otro esfuerzo para la atenci—n de la demanda. En efecto, la presentaci—n de m‡s de 18 mil acciones al a–o, implica que para dar aquella soluci—n justa y oportuna, debe garantizarse que la tramitaci—n de estos casos se realice de una manera ‡gil y precisa. As’, desde el ingreso de los asuntos, la valoraci—n de si son admisibles, la notificaci—n a las partes interesadas, el an‡lisis de las situaciones, la discusi—n y votaci—n en Sala, la comunicaci—n de lo resuelto y la verificaci—n de su cumplimiento, son todos factores que deben estar plenamente ordenados a lo interno de la Sala, y sujetos a constante revisi—n y estudio para implementar estrategias que permitan mejorar los tiempos de respuesta, toda vez que optimizando el cumplimiento de estos procedimientos, se permite que exista tiempo apropiado para la consideraci—n y resoluci—n de los asuntos.

Tomando en consideraci—n la tendencia creciente de los a–os previos, con iniciativa de la Presidencia de la Sala y con el apoyo de todos sus integrantes, se ide— un proyecto de reingenier’a institucional de procesos que se implement— a partir de octubre del a–o pasado. As’, desde el primer momento de acceso a la Sala, el usuario es atendido por un profesional en Derecho, quien le explica la trascendencia de la acci—n y el tr‡mite que podr‡ d‡rsele,  previniŽndosele en el acto toda precisi—n o aclaraci—n que proceda para la buena marcha del recurso; esta informaci—n  al usuario garantiza un mejor conocimiento de las competencias y alcances de la jurisdicci—n constitucional. Una modificaci—n adicional importante es la implementaci—n del expediente digital o electr—nico, lo cual se enmarca en la directriz de minimizaci—n del uso del papel, permitiendo cumplir varias etapas procesales internas y externas con gran agilidad; ahora, un expediente ÇviajaÈ de una oficina a otra, de un tr‡mite a otro, y puede ser visto y estudiado por cada una de las se–oras y se–ores magistrados virtualmente. El proceso se completa con la puesta en marcha y ampliaci—n de lo que se denomina votaci—n electr—nica. Los magistrados manifiesten su criterio respecto de los asuntos que ya han estudiado, y  de manera casi simult‡nea se notifica lo resuelto a las partes.

La conjunci—n de estos factores  y, especialmente, el compromiso de los magistrados y el personal de la Sala Constitucional dieron como resultado un descenso significativo en el nœmero de expedientes pendientes de resoluci—n, pues respecto del a–o 2009, el a–o 2010 mostr— una disminuci—n mayor al cincuenta por ciento.

De tal forma, cuando se quiera se–alar alguna situaci—n que pueda inducir a apreciaciones equivocadas acerca del trabajo de la jurisdicci—n constitucional, debe tomarse en consideraci—n la totalidad de los factores involucrados. As’, expresar preocupaci—n por el tiempo de los magistrados para resolver la cantidad de asuntos de la Sala Constitucional, sin apreciar y reconocer los esfuerzos, mejoras y modernizaci—n implementadas desde la propia jurisdicci—n, es enviar a la poblaci—n una visi—n limitada y sesgada de lo que realmente acontece en el Tribunal Constitucional. En el caso de los comentarios a que hacemos referencia, se echa de menos un estudio  profundo sobre las razones que pueden explicar la buena marcha de la jurisdicci—n constitucional. La Presidencia de la Sala ha mantenido una pol’tica de puertas abiertas ante la opini—n pœblica, los medios de comunicaci—n y la opini—n publicada, por lo que bien vale la pena aprovechar los recursos ofrecidos, para acceder a informaci—n valiosa y certera de la  marcha del Tribunal, e informar con mayor exactitud de los asuntos atinentes a esta jurisdicci—n.

* Presidenta

Sala Constitucional