EN SOLO UNOS MINUTOS Y DE FORMA SEGURA PUEDE HACER
EL TRÁMITE DE ZONAJE DESDE CUALQUIER PARTE DEL PAÍS
• Herramienta deja de lado trámites con papeles
Melania Chacón Chaves
Periodista

Gabriela Fonseca Rojas; Unidad de Pagos del Departamento de Gestión Humana.

Ya entró en operación un nuevo sistema electrónico para realizar el trámite de zonaje y la declaración jurada correspondiente, la cual está disponible dentro de la ventana virtual del Departamento de Gestión Humana en la Intranet Judicial.

La aplicación está disponible también en la página de Internet del Poder Judicial www.poder-judicial.go.cr;  para que aquellos funcionarios y funcionarias de zonas alejadas donde hay dificultades de conexión, puedan hacer el trámite sin ningún problema.

El zonaje se otorga para compensar al beneficiario por los mayores gastos y las distintas condiciones de vida en que se le hace incurrir cuando, por interés institucional, preste servicios en un lugar diferente de aquel donde tiene establecido su domicilio real, de acuerdo con las zonas y porcentajes señalados.

El nuevo sistema denominado “solicitud y declaración jurada de trámite de zonaje”, permite que el servidor judicial declare bajo juramento la información solicitada para dicho trámite, como por ejemplo la dirección exacta del domicilio donde esta viviendo.

Una vez que el usuario envíe toda la información, el Departamento de Gestión Humana chequeará los datos indicados, indicó Ronald Calvo, Jefe de Administración Salarial.

“Es un trámite más expedito, más rápido. A través de la aplicación, los usuarios pueden ver el estado de la solicitud, cuales otras solicitudes han hecho, en que fecha y en que lugares” agregó Jose Luis Bermúdez, Subjefe del Departamento de Gestión Humana.

Aunado al nuevo sistema, el Departamento de Gestión Humana recuerda que los funcionarios tienen diez días hábiles después del nombramiento, para que obtengan el pago desde el primer día, sino lo hacen en ese tiempo el pago se le hará desde la fecha en que se realiza el trámite.

Lo anterior se estableció en el artículo 5º del nuevo reglamento de zonaje que dice textualmente “El interesado debe presentar solicitud indicando, bajo juramento, su domicilio real, domicilio accidental y demás información solicitada por el Departamento de Gestión Humana, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha del inicio de su nombramiento en la zona que genera el beneficio, para su debido trámite”.

A través de la dirección http://www.poder-judicial.go.cr/personal usted puede estudiar el nuevo reglamento del zonaje que cuenta con información importante para el tramite del beneficio producto que  La Corte Plena, en sesiones N° 19-10 y 26-10 celebradas el 28 de junio y 20 de setiembre del año 2010, artículos XXI y XVI respectivamente, derogó el anterior “Reglamento de Zonaje del Poder Judicial”, Decreto Ejecutivo N° 14315-J del 15 de febrero de 1983 y sus reformas; y aprobó el nuevo “Reglamento para el pago de Zonaje en el Poder Judicial.

Para consultas sobre el trámite del zonaje puede escribir al correo electrónico de  Gabriela Fonseca Rojas, encargada de este trámite en  la Unidad de Pagos.

La disposicion de esta herramienta se logra gracias al apoyo del  Subproceso de Capacitación,  a la Sección de  Administración Salarial y la Jefatura de Gestión Humana.

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