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Proyecto legalizar’a impunidad de polic’as

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Escrito por Aar—n Sequeira   

Lunes 08 de Noviembre de 2010 06:21

 

NAC7-2-POLICIA-PRESO-CRISTO-REY

Que los polic’as irrespeten derechos fundamentales no podr’a juzgarse, de aprobarse un proyecto de ley, dicen los magistrados.

La Corte Suprema de Justicia advirti— que tal como actualmente se tramita en la Asamblea Legislativa, el proyecto de ley Òpara aumentar la seguridad ciudadanaÓ, podr’a legalizar la impunidad de los polic’as que cometan delitos.

El expediente 16.877 fue analizado por el magistrado JosŽ Manuel Arroyo, quien acus— que la iniciativa afecta el funcionamiento del Poder Judicial al limitar la capacidad de juzgar las acciones constitutivas de delito, amŽn de lesionar el principio de razonabilidad y de proporcionalidad en Òsede legislativaÓ.

 

Esto Òal constituir una excepci—n eliminando la antijuricidad material, creando un tratamiento distinto a favor de determinados funcionarios, lesionando con ello el principio de igualdadÓ, establece el magistrado en su respuesta.

A su criterio, la que ser’a eventualmente una ley pretende eximir de responsabilidad penal a polic’as que en el ejercicio de sus funciones puedan lesionar derechos fundamentales de los delincuentes y estŽn cometiendo delitos en estos casos.

Para Arroyo, la reforma sustrae la actuaci—n policial del control judicial, y quebrantan el principio de divisi—n y control rec’proco de los poderes constitucionales, Òprincipios esenciales que forman parte del dise–o democr‡tico de nuestro Estado de DerechoÓ.

Insiste adem‡s, Arroyo, tal como lo hab’a hecho antes otra respuesta sobre reformas al C—digo Penal, que el cambio en el art’culo 22 de dicha ley eliminar’a el testigo de la corona en la investigaci—n de delitos, y que ello lesionar’a la actuaci—n del Ministerio Pœblico, la Polic’a Judicial y el sistema en general, para Òpropiciar la impunidadÓ.

La aprobaci—n del proyecto Òafecta negativamente la persecuci—n de la delincuencia orgaizada ante la comisi—n de delitos de sicariato, contra la propiedad y persecuci—n de delitos sexuales, particularmente contra personas menores de edad en los que se requiere un importante despliegue de investigaci—n para el procesamiento del violador y de los responsables de las organizaciones criminalesÓ, afirman los miembros de la Corte Plena al firmar el criterio de Arroyo.