Proyecto legalizar’a impunidad de
polic’as |
Escrito por Aar—n Sequeira |
Lunes 08 de Noviembre de 2010 06:21
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Que los polic’as irrespeten derechos fundamentales no podr’a
juzgarse, de aprobarse un proyecto de ley, dicen los magistrados. La Corte
Suprema de Justicia advirti— que tal como actualmente se tramita en la
Asamblea Legislativa, el proyecto de ley Òpara aumentar la seguridad
ciudadanaÓ, podr’a legalizar la impunidad de los polic’as que cometan
delitos. El expediente 16.877 fue analizado por el
magistrado JosŽ Manuel Arroyo, quien acus— que la iniciativa afecta el
funcionamiento del Poder Judicial al limitar la capacidad de juzgar las
acciones constitutivas de delito, amŽn de lesionar el principio de
razonabilidad y de proporcionalidad en Òsede legislativaÓ. Esto Òal constituir una excepci—n eliminando la
antijuricidad material, creando un tratamiento distinto a favor de
determinados funcionarios, lesionando con ello el principio de igualdadÓ,
establece el magistrado en su respuesta. A su criterio, la que ser’a eventualmente una ley
pretende eximir de responsabilidad penal a polic’as que en el ejercicio de
sus funciones puedan lesionar derechos fundamentales de los delincuentes y
estŽn cometiendo delitos en estos casos. Para Arroyo, la reforma sustrae la actuaci—n
policial del control judicial, y quebrantan el principio de divisi—n y
control rec’proco de los poderes constitucionales, Òprincipios esenciales que
forman parte del dise–o democr‡tico de nuestro Estado de DerechoÓ. Insiste adem‡s, Arroyo, tal como lo hab’a hecho
antes otra respuesta sobre reformas al C—digo Penal, que el cambio en el
art’culo 22 de dicha ley eliminar’a el testigo de la corona en la
investigaci—n de delitos, y que ello lesionar’a la actuaci—n del Ministerio
Pœblico, la Polic’a Judicial y el sistema en general, para Òpropiciar la
impunidadÓ. La aprobaci—n del proyecto Òafecta negativamente
la persecuci—n de la delincuencia orgaizada ante la comisi—n de delitos de
sicariato, contra la propiedad y persecuci—n de delitos sexuales,
particularmente contra personas menores de edad en los que se requiere un
importante despliegue de investigaci—n para el procesamiento del violador y
de los responsables de las organizaciones criminalesÓ, afirman los miembros
de la Corte Plena al firmar el criterio de Arroyo. |