Fallo Sala Constitucional
CCSS DEBERÁ REALIZAR EXAMEN MÉDICO A
FUNCIONARIA PARA SU NOMBRAMIENTO
• En un mes deberán resolver petición de la funcionaria
Melania Chacón Chaves
Periodista

La resolución 14511-10 de la Sala Constitucional. ordenó la realización del examen médico.

A una mujer se le podrá solucionar el problema de nombramiento en el área de Salud Peninsular ya   que la Sala Constitucional declaró con lugar el recurso de amparo interpuesto por la afectada de  de apellidos Alfaro Guevara.
La recurrente indica que como requisito para trabajar en ese lugar y poder optar por una plaza, se debe cumplir con varios supuestos, entre esos, hacerse un examen médico; no obstante, se siente discriminada, pues en virtud de su padecimiento de cáncer le indicaron que le deben hacer un examen de su “padecimiento y de su estado actual” para optar por el puesto, pero no le han aplicado dicho examen que requiere.
“Se ordena a Gloria Martina Monge Fonseca, en su condición  de apoderada general judicial, y a  Olger Aguirre Gómez, en su calidad de Director del Area de Salud Peninsular, ambos de la Caja Costarricense de Seguro Social, o a quienes ocupen esos cargos, que adopten las medidas necesarias dentro del marco de sus competencias, para que en el plazo de un mes, contado a partir de la notificación de la presente resolución, se resuelva en definitiva  la situación relacionada con las pruebas efectuadas a la amparada por el Equipo Interdisciplinario de Selección.  Se le advierte a Gloria Martina Monge Fonseca, en su condición  de apoderada general judicial, y a Olger Aguirre Gómez, en su calidad de Director del Area de Salud Peninsular, ambos de la Caja Costarricense de Seguro Social, o a quienes ocupen esos cargos, que de no acatar la orden dicha, incurrirá en el delito de desobediencia y, que de conformidad con el artículo 71 de la Ley de esta jurisdicción, se le impondrá prisión de tres meses a dos años, o de veinte a sesenta días multa”,según resolución 14511-10 de la Sala Constitucional.
La Caja Costarricense de Seguro Social debe responsabilizarse de las costas daños y perjuicios causados con los hechos, los cuales liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo.

Licda. María Isabel Hernández Guzmán
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