Jornadas de Control Interno del Poder Judicial

Dr. Luis Paulino Mora Mora
Presidente de la Corte Suprema de Justicia
27 de octubre de 2010

Mucho me satisface participar en este acto de inauguración de las Jornadas de Control Interno del Poder Judicial, pues la temática relacionada con esta materia involucra algunas de las cuestiones a las que –como Presidente del Poder Judicial costarricense-  he querido dar un especial acento.-
Como le he dicho en ocasiones anteriores, el reto que hemos tomado como Estado al aprobar y desarrollar las nociones e instituciones de control interno, es –desde la perspectiva filosófica-  uno de los pasos más trascendentes hacia el objetivo de lograr un Estado que no solamente se declare como un Estado social y democrático de derecho sino que además logre plasmar esos principios y ventajas en la realidad.-
En efecto, uno de los temas más complejos y actuales de los modernos Estados de Derecho, tanto desarrollados como en vías de desarrollo es precisamente la contradicción aparentemente insoluble entre el respeto de principios básicos de control y rendición de cuentas en el ejercicio del poder por una parte, y por otra el logro de la necesaria eficiencia de la acción estatal.-
Esta problemática la vemos planteada todos los días en los medios de comunicación que la califican como ingobernabilidad, pero obviamente el asunto es muchísimo más complejo que denunciar supuestas interferencias estorbos y atrasos.
Para plantear brevemente el tema, empecemos por reconocer que nuestras concepciones sobre la finalidad y razón de ser del Estado ha cambiado con los tiempos.- Al respecto no sobra recordarles que hemos dejado atrás todas aquellas finalidades que ponían a la Nación o al propio Estado por encima de las personas, de manera que en la actualidad no se reconoce otra finalidad para la institución estatal que el logro, sostenimiento y mejora de los derechos de las personas y el enriquecimiento de su condición de ciudadanos.-
De tal modo, toda la maquinaria estatal debe buscar ese fin y desde luego debe hacerlo constante y eficientemente por lo que, consecuentemente, la existencia de los funcionarios e instituciones públicas solamente se justifica en tanto sean agentes para la acción estatal, con lo cual quiere decirse que ellos deben tener la oportunidad de poner en ejercicio sus competencias y las instituciones deben necesariamente comprometerse en decisiones y en acciones, pero no en cualquier dirección, sino en las que son apropiadas a la finalidad de un Estado como el costarricense, que tiene al ser humano como eje central de su acción.
Si esa fuera la única guía, y tuviéramos la seguridad de que los funcionarios van a actuar siempre en acatamiento de tales objetivos, la situación no sería para nada complicada.-  No obstante,  históricamente ello no es así, y con el desarrollo del Estado constitucional de derecho, se han generalizado sus principios fundamentales, cuya tradición se puede rastrear hasta los escritos de Montesquieu y Locke, quienes proponen la necesidad de una división y un control en el ejercicio del Poder por parte de los agentes públicos, como la única manera de asegurarle al ciudadano el respeto de su dignidad y libertad, que es el fin esencial de la sociedad estatal.-
Estos principios se han asentado muy profundamente en nuestros Estados de manera que ahora es completamente aceptada la aplicación de nociones tan importantes como transparencia,  rendición de cuentas y vigilancia en el ejercicio de la acción, lo cual conlleva establecer procesos y procedimientos de control,  crear puestos que vigilen el ejercicio del poder y que no solo detecten de forma efectiva, sino que tengan poder para lograr que las actuaciones inapropiadas no se realicen o se sancionen.-
De ambos temas entonces es que está compuesto todo el esfuerzo que ha de realizarse como parte de las actividades de control interno y de allí la importancia de una palabra clave:  balance.-  La labor del control interno debe balancear control con eficiencia, vigilancia con holgura suficiente para la toma de decisiones y su realización por parte de los administradores.-
Todo funcionario público debe comprender la necesidad de este balance y colaborar para su consecución al lado de los encargados de control interno, que cumplen en mi concepto, la labor clave de orientar la acción estatal y anticipar los problemas que puedan presentarse.-
Como yo lo entiendo, se trata de una alianza que debe fortalecerse entre nosotros los administradores, actores del quehacer público y los agentes públicos cuya tarea es velar porque la acción estatal se realice de forma sana y a la vez oportuna.-
Todo lo anterior traducido a la justicia deja ver que el juez y todo servidor judicial, está en la obligación de cumplir con su labor tomando en consideración que a su encargo está un servicio público, que debe ser prestado con altos rangos de eficiencia y eficacia.  Nuestros sistemas de control servirán para facilitar que así sea y fiscalizar que efectivamente esos resultados se den en la acción, en su totalidad, del Poder Judicial.-
Si logramos entenderlo así, la unidad de acción resultante entre nosotros dará muy buenos resultados para ofrecerle a la nuestra sociedad un mejor servicio, en el que la solución de conflicto social no deba esperar por años y ella sea además de oportuna, la necesaria para restablecer la paz social.-
Muchas Gracias.

Licda. María Isabel Hernández Guzmán
Lic. Sergio Bonilla Bastos
Licda. Andrea Marín Mena
Licda. Teresita Arana Cabalceta
Licda. Marcela Fernández Chinchilla
Licda. Melania Chacón Chaves
Diseño Gráfico: Iván Pacheco Leon
Montaje: Licda. Karen Quirós Fumero
Colaboración: Departamento de Tecnologías de la Información, Poder Judicial
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