Declaran parcialmente con lugar con lugar
ORDENAN ELIMINAR FOTOGRAFÍA DE BASES DE DATOS
· Recurrente alegó que se almacena información que es independiente de cualquier ámbito crediticio.
Andrea Marín Mena
Periodista

La sentencia constitucional determinó eliminar las fotografías de las bases de datos.
Suprimir datos personales como la fotografía, de una empresa de bases de datos, fue lo que ordenó la Sala Constitucional al declarar parcialmente con lugar un recurso de amparo.
De esta manera, la empresa recurrida deberá acatar lo dispuesto por los magistrados constitucionalidades, luego de que la persona recurrente señala que se tratan de datos privados.
“Se declara parcialmente con lugar el recurso. En consecuencia, se ordena a Marlon Cordero Salas, apoderado generalísimo de CERO RIESGO INFORMACIÓN CREDITICIA DIGITALIZADA Sociedad Anónima, o a quien en su lugar ejerza ese cargo, que, de inmediato, suprima de sus correspondientes bases de datos cualquier referencia a la dirección exacta de la casa de habitación y la fotografía del señor …Sosa Robles”, estableció la resolución 2010-11973.
En el amparo, un hombre de apellidos Sosa Robles argumentó que dicha empresa mantiene y distribuye entre sus clientes datos privados de su persona y familiares.
Alegó que en el ejercicio de su derecho a la intimidad, no ha autorizado a ninguna entidad para pedir información crediticia o personal a la recurrida y menos aún, ha dado autorización a este tipo de empresa a almacenar, copilar o distribuir información personal.
De acuerdo con el recurrente, en las bases de datos de estas empresas aparece información personal que es independiente de cualquier ámbito crediticio y que incluso, se ha venido proporcionando información que es totalmente desactualizada.
El Alto Tribunal Constitucional advirtió a la entidad recurrida que de no cumplir con lo establecido en esta resolución se exponen a una sanción de tres meses a dos años de prisión o al pago de veinte a sesenta días multa por el delito de desobediencia, que establece el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional.
Además, en la sentencia constitucional, se condenó a la entidad de bases de datos al pago de las costas, daños y perjuicios causados por los hechos que sirvieron de base a esta declaratoria, los cuales se liquidarán en la vía de ejecución de sentencia de lo civil.
En este caso, los magistrados Cruz y Guerrero salvaron el voto.

Licda. María Isabel Hernández Guzmán
Lic. Sergio Bonilla Bastos
Licda. Andrea Marín Mena
Licda. Teresita Arana Cabalceta
Licda. Marcela Fernández Chinchilla
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