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¥ Sala Constitucional condena al PANIPERSONAS CON DISCAPACIDAD RECIBIRçN ATENCIîN ESPECIALGerardo Ruiz Ram—n
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El Patronato Nacional de la Infancia qued— obligado a contar con personal capacitado para la atenci—n de personas cuya discapacidad les impida comunicar sus necesidades por las cuales acuden a la entidad. |
La condena del alto tribunal
se dio al resolver a favor un recurso de amparo presentado por un ciudadano
de apellidos Sotomayor Mora.
ƒl aleg— que el Pani no
cuenta con personal capacitado para atender a personas con discapacidad que
requieran comunicarse a travŽs del Lenguaje de Se–as Costarricense (Lesco).
En d’as anteriores a la
presentaci—n de la acci—n legal, una mujer arrib— a las oficinas del Pani a
presentar una denuncia por agresi—n f’sica en su contra.
No obstante, la persona no
pudo concretar la acusaci—n contra su agresor, pues en las oficinas del Pani
se le indic— que no contaban con ningœn funcionario capacitado para
comunicarse en Lesco.
Antes de recurrir a la Sala
Constitucional, el individuo de apellido Sotomayor se present— al Pani para
exigir que se le asignara a la ofendida un funcionario que dominara el
lenguaje de se–as.
Sin embargo, la instituci—n
volvi— a indicarle que no tiene contratada a ninguna persona que hable Lesco.
ÒCon base en el art’culo 50
de la Ley de la Jurisdicci—n Constitucional se advierte a Marielos Corella,
presidenta ejecutiva del Pani, que, en el futuro, debe tomar las medidas
necesarias para que, cuando se atienda a una persona con discapacidad, se
coordine su abordaje con respeto de sus necesidades especialesÓ, se lee en la
sentencia de la Sala Constitucional.
El Patronato Nacional de la
Infancia tambiŽn fue condenado por los magistrados al pago de las costas,
da–os y perjuicios ocasionados a la mujer denunciante que no recibi— la
atenci—n necesaria acorde con su discapacidad.