Jueves 24 DE junio DEL 2010
Irene Vizca’no ivizcaino@nacion.com 11:00 a.m. 23/06/2010
La
lista de las personas y empresas que adeudan el impuesto general sobre las
ventas deber‡ ser pœblica, luego de que la Sala Constitucional declar— con lugar
un recurso de amparo que interpuso un periodista.
Alejandro
Fern‡ndez, comunicador del semanario El Financiero, acudi— a la Sala
porque, desde el 14 de abril, las autoridades de Tributaci—n se negaron a
entregarle los informes sobre los deudores morosos de ese impuesto, as’ como el
monto total de la deuda pendiente por ese concepto.
Igualmente
rechazaron suministrarle los datos sobre las gestiones administrativas y
judiciales que habr’an realizado para cobrar el tributo.
Para
no entregar los datos, los funcionarios de Tributaci—n se fundamentaron en el
art’culo 114 del C—digo de Normas y Procedimientos Tributarios, que les da
Òcar‡cter confidencialÓ a las informaciones que Hacienda obtenga de los
contribuyentes.
El
tribunal constitucional, sin embargo, acogi— las razones del periodista al
considerar que lo solicitado, lejos de ser confidencial, es Òinformaci—n de
interŽs pœblico, dado que se trata de adeudos tributarios que afectan la
hacienda pœblica, y su falta de pago posterga la satisfacci—n de las
necesidades de la colectividadÓ.
As’
lo estableci— el voto 10982 que la Sala emiti— este martes.
ÒSe
supone que Hacienda debe fiscalizar y hacer pœblica esta informaci—n por su
propia cuenta, pero no solo no lo hace, sino que, cuando un medio de
comunicaci—n la pide, no la daÓ, afirm— ayer el periodista de El Financiero.
Segœn
Fern‡ndez, esta falta de transparencia lleva a dudar del trabajo de Tributaci—n.
En
un comunicado de prensa, la Sala Constitucional exalt— que este fallo
ÒpotenciaÓ el derecho de acceso a la informaci—n pœblica que consagra el
art’culo 30 de la Carta Magna.
Votos
anteriores permitieron acceder a los movimientos de cuentas bancarias de los
partidos pol’ticos, as’ como a las listas de los beneficiarios del rŽgimen no
contributivo y de los bonos de vivienda.