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MiŽrcoles 2 DE junio  DEL 2010

Acerca de la formaci—n de jueces y juezas

Francisco S‡nchez Juez, Tribunal de PŽrez Zeled—n 10:48 a.m. 01/06/2010

Recientemente el director de la Escuela Judicial ha anunciado la puesta en marcha del Programa de Formaci—n Inicial para Aspirantes a la Judicatura (FIAJ), en busca de asegurar la idoneidad de quienes desempe–en tan importante misi—n en la sociedad.

La importancia del papel del juez en la sociedad democr‡tica es algo que hoy en d’a est‡ fuera de discusi—n. Dentro de las muchas ideas que pueden asociarse al concepto de democracia, existe un contenido material que se identifica no con ÒquiŽnÓ puede decidir, sino con el ÒquŽÓ puede ser decidido por quienes ejercen el poder pol’tico, y es en punto a ese contenido esencial que la labor del juez cobra especial relevancia.

Funci—n creativa del juez. Hoy en d’a se ha superado el paradigma del juez como mero aplicador de la ley: su funci—n es esencialmente creativa, desde el momento que su decisi—n trasciende las consideraciones abstractas y generales propias de la ley, y debe solucionar un caso concreto, cuyas aristas son infinitamente m‡s complejas que la abstracci—n y generalizaci—n propias del trabajo legislativo, rescatando adem‡s el valor normativo directo de la Constituci—n Pol’tica. La concepci—n tradicional del juez presupone un sistema normativo completo, que permita resolver todos los casos posibles mediante la aplicaci—n de las disposiciones existentes: ese sistema no existe porque la vida social no se reduce a la letra de la ley.

As’, es importante la capacidad de identificar los principios fundamentales definidos por el constituyente, y de analizar la legislaci—n infraconstitucional para determinar su congruencia con aquellos, y poder as’ cuestionar su validez. Debemos recordar que el progreso cient’fico en general, y el derecho no es ajeno a esa caracter’stica, no se logra con la mera acumulaci—n de conocimientos ni con la escrupulosa insistencia en mŽtodos y sistemas usuales, sino mediante la revisi—n permanente de lo existente, y de all’ la importancia de que el FIAJ contemple instrucci—n especializada en razonamiento jur’dico y tutela de los derechos fundamentales.

Quienes sean escogidos para formar parte de este programa tienen, por su parte, una enorme responsabilidad no tanto con la Escuela Judicial o con el Poder Judicial, sino con el pa’s, que espera de ellos un desempe–o laboral de alt’sima calidad.

Y tienen para consigo mismos, un reto y un compromiso enorme, ya que no ser capaz de corresponder las expectativas generadas puede dejar al beneficiario en una posici—n de inferioridad respecto del donante, en este caso la sociedad.

El FIAJ permite avizorar un desempe–o laboral muy positivo, que imponga dinamismo a una funci—n esencial para la democracia como es la funci—n jurisdiccional, y se ponga as’ en movimiento ese cuerpo est‡tico que es el sistema normativo. La puesta en marcha del FIAJ debe ser, pues, motivo de regocijo para el pa’s.