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mespinoza@diarioextra.com
Quienes aspiren a ser nombrados
en una plaza en propiedad del Servicio Civil deben ser id—neos para el puesto.
As’ lo reiteraron los
magistrados de la Sala Segunda en la sentencia 2010-000187, al resolver una
demanda laboral interpuesta contra el Estado por una ex funcionaria del
Servicio Fitosanitario del Estado, adscrito al Ministerio de Agricultura y
Ganader’a (MAG).
Ella alegaba que su despido fue
ilegal pues se encontraba nombrada en una plaza en propiedad desempe–‡ndose
como tŽcnico en inform‡tica 2. Sin embargo, la situaci—n de la mujer cambi—
cuando la Contralor’a General de la Repœblica orden— al MAG trasladar la
planilla contratada con recursos del fideicomiso MAG-SFE-BNCR a rŽgimen de
empleo pœblico. Para esto se hizo un estudio y valoraci—n de puestos de los
funcionarios contratados por el Banco Nacional de Costa Rica.
El caso de la trabajadora se
trat— con un caso de excepci—n por ser su nombramiento anterior al ingreso de
dicho puesto en el RŽgimen del Servicio Civil. No obstante, la Jefatura de
Recursos Humanos, orden— su despido por no cumplir con el requisito acadŽmico
requerido para el puesto.
El Juzgado y el Tribunal de
Trabajo de Heredia declararon parcialmente con lugar la demanda laboral,
ordenando el pago de la cesant’a, preaviso, vacaciones, sin embargo, rechaz— la
petici—n de la mujer de ser reinstalada en su puesto, entre otros.