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Sentencia establece condiciones específicas para la aplicación de esta sentencia. |
Andrea Marín Mena
Periodista
Eliminar las frases que establecían el tope de anualidades en la Contraloría General de la República, fue lo que estableció la Sala Constitucional al resolver con lugar una acción de inconstitucionalidad.
En la resolución constitucional se estableció que la resolución no tiene efectos retroactivos en las situaciones jurídicas consolidadas.
“Se declara con lugar la acción de inconstitucionalidad. Se anulan, por inconstitucionales, las frases "con treinta pasos consecutivos" y "hasta un máximo de treinta pasos consecutivos" contenidas en los artículos 7 y 8 respectivamente, de la Ley de Salarios y Régimen de Méritos de la Contraloría General de la República. Esta declaratoria de inconstitucionalidad, no tiene efectos retroactivos por lo que se deben respetar las situaciones jurídicas consolidadas”, señaló la resolución 2010-5892.
De acuerdo con el Alto Tribunal Constitucional los efectos de esta declaratoria rigen a partir de la publicación de la sentencia y podrá aplicarse a los funcionarios o servidores públicos que, para ese momento, no han cumplido las treinta anualidades.
“b) en el caso de los servidores públicos que se encuentren en servicio activo y superen las treinta anualidades no podrán pretender las diferencias salariales y sus accesorios con efecto retroactivo, debe el patrono acordar el reajuste de salario a partir de la publicación de la sentencia; c) las personas a quienes se les haya otorgado una pensión o jubilación no podrán pretender su reajuste y sus accesorios con fundamento en la eliminación del tope de las treinta anualidades, incluso, si hubieren laborado más de treinta años; d) quienes estuvieren en la condición anterior y hayan reingresado al servicio activo tampoco podrán pretender el reajuste de la pensión o jubilación o las diferencias salariales, únicamente, el reajuste del salario en el nuevo puesto a partir de la publicación de la sentencia”, indicó la Sala.
La acción de inconstitucionalidad la presentó una mujer de apellidos Rodas Seas contra el artículo 7 y 8 de la Ley de Salarios y El Régimen de Méritos de la Contraloría General de la República, por considerar que las normas impugnadas infringen los derechos contenidos en los artículos 33, 45, 51 y 68 de la Constitución Política.
Además señaló que se violenta el principio de razonabilidad constitucional al establecerse un tope máximo de treinta pasos para el pago de anualidades, pues se produce una discriminación salarial para los trabajadores de esta institución. Argumentó que se desapoderan de forma ilegítima los derechos patrimoniales de los trabajadores y se vulnera el principio de de protección especial de las personas adultas mayores.
También señaló que el tope establecido no era necesario, idóneo ni proporcional.
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