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San JosŽ, Costa Rica, S‡bado 6 de marzo de 2010

¥ Mayra Campos, fiscal adjunta Penal Juvenil:

Ò15 A„OS DE CçRCEL SON SUFICIENTES PARA MENORESÓ

FABIçN MEZA
fmeza@diarioextra.com

Una de las supuestas v’ctimas de un asesino de 17 a–os.

Tal como lo public— DIARIO EXTRA en la edici—n de ayer, un joven de tan solo 17 a–os es el principal sospechoso de dos atroces cr’menes que se registraron en Los Cuadros de Purral, Goicoechea.

Contra el joven se dict— el plazo m‡ximo de detenci—n provisional: 2 meses. Sin embargo, de ser encontrado culpable de disparar cinco veces contra un joven de 26 a–os hasta quitarle la vida y de golpear y acuchillar cuatro veces a un hombre no identificado, la pena m‡xima en su contra ser’a de 15 a–os de c‡rcel porque la Ley Penal Juvenil as’ lo establece.

Mayra Campos, fiscal adjunta Penal Juvenil, defiende la aplicaci—n de la ley. Ella convers— con este medio acerca de los cuestionamientos que se hacen a esa legislaci—n.

Preocupa que las organizaciones mafiosas se valgan de la Ley Penal Juvenil para poner menores a cometer asesinatos. ÀHay que replantear esa legislaci—n?
- La ley no exime de responsabilidad a una persona menor de edad que participe en una organizaci—n criminal. Si un joven comete un delito, se le aplica la Ley Penal Juvenil con las responsabilidades penales que establece la misma ley, que pueden ser hasta 15 a–os de prisi—n. Incluso podr’a generar un agravante a los mayores. No podr’amos decir que si utilizan menores de edad van a quedar impunes porque la ley no genera impunidad. La ley establece responsabilidad penal.

Pero por un asesinato la pena m‡xima son apenas 15 a–os.
- Creo que no es una pena corta, es una pena bastante larga. Si lo comparamos con distintos pa’ses, el nuestro se ubica en el segundo lugar con penas m‡s altas en el mundo. El promedio de pena de pa’ses con problem‡ticas m‡s serias est‡ entre 5 y 6 a–os.

A los familiares de las v’ctimas no les importa que el asesino tenga 17 a–os. La pena m‡xima para un mayor de edad son 50 a–os, para los menores por el mismo delito son 15 a–os.
- Hemos podido determinar que las v’ctimas cuando se llevan los procesos penales juveniles generalmente no tienen ansias de venganza, lo que quieren es que los procesos sean llevados con las garant’as y que ellos sean escuchados.

Muchas de las personas que est‡n descontando prisi—n las v’ctimas han tenido oportunidad de ver los alcances de la ley y entienden, tanto es as’ que dentro del proceso penal juvenil la v’ctima, dentro del proceso penal, asume una posici—n m‡s de ubicarse en el lugar de tener esa empat’a suficiente para entender por quŽ la respuesta es suficiente.

Las personas menores de edad cometen delitos, se les atribuye una responsabilidad en el momento que se les atribuye la pena, ah’ entra una serie de factores en que las v’ctimas los asimilan muy bien y podemos ver que las v’ctimas en la mayor’a de los procesos piden salida alternativa, conciliaciones a plazo. Obviamente en los casos graves ah’ est‡n descontando las penas, tanto es as’ que hemos tenido un aumento en personas privadas de libertad.

La Ley Penal Juvenil tiene 14 a–os. ÀDebe cambiar en algo debido al cambio que ha sufrido la sociedad en esos a–os?
- La ley entra a regir en 1996, es una ley de avanzada para el a–o en que entra en vigencia, incluso para la din‡mica y el modelo de responsabilidad. Actualmente la ley responde incluso con penas de hasta 15 a–os, sin embargo aun cuando estamos conscientes de que no hay necesidad de un an‡lisis de reforma en cuanto al m‡ximo de penas porque creemos que s’ est‡n bien los 15 a–os y el tipo de pena, s’ hemos considerado un tipo de reforma y an‡lisis en el aspecto procesal. Como por ejemplo el plazo para presentar la acusaci—n y pedir la medida cautelar, que ahora son 24 horas, que juntos tienen que irse. Creemos que eso hay que replantearlo para que el fiscal pueda pedir la medida cautelar sin necesidad de haber formulado la acusaci—n. Otro tema es la posibilidad de un archivo policial de personas menores de edad para investigaci—n e identificaci—n para evitar suplantaci—n de identidad. En la parte sustantiva lo que tiene que ver con las penas no necesita reforma.

ÀQuŽ pasa cuando una persona comete un delito siendo menor y es capturada ya mayor de edad?
- Se le aplica la Ley Penal Juvenil porque los hechos se juzgan en el momento de la comisi—n por un principio del sistema, no se le puede juzgar como adulto.

La polic’a judicial ha manifestado que las bandas organizadas est‡n utilizando a menores de edad en actividades il’citas. ÀUsted lo ve as’?
- Hemos tenido casos que se han vinculado personas menores de edad con adultos, casos en los que se investiga tanto en una fiscal’a de adultos como en una penal juvenil, pero en esos casos el Ministerio Pœblico si tiene los elementos acusa y hasta se le puede sancionar con los 15 a–os.