Poder Judicial propone cerrar portillo legal usado para atrasar juicios
Corte plantea una
reforma al Código Procesal Penal para agilizar los debates
Regalar
Por Lucía Astorga
19 de marzo 2025, 05:01 a. m.
La presidenta de la Sala Tercera,
Patricia Solano, y la magistrada Sandra Zúñiga explicaron los alcances de la
reforma al Código Procesal Penal que será enviada a la Asamblea Legislativa.
Fotomontaje: José Cordero (José Cordero/José Cordero)
El Poder Judicial enviará
a la Asamblea Legislativa una reforma al Código Procesal Penal para cerrarle la puerta a una práctica que
suele dilatar los juicios. Se trata de la postergación de audiencias que ocurre cuando
los abogados defensores alegan tener la agenda ocupada con
otros casos.
El caso de La Trocha es el vivo ejemplo de esta
práctica, dijo la magistrada Patricia Solano,
presidenta de la Sala Tercera.
Con
los cambios propuestos, si el representante legal no puede asistir, el imputado tendrá un máximo de cinco días para nombrar a otro profesional, o se le asignará un defensor público para evitar retrasos
innecesarios.
La
iniciativa fue aprobada el pasado 17 de marzo por la Corte
Plena. La intención es hacer más rápidos y eficientes los procesos
penales en Costa Rica. Del desarrollo del texto se encargó la Sala de Casación Penal (Sala Tercera), como parte
de una serie de reformas que buscan mejorar la respuesta del
sistema judicial ante la delincuencia.
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Lo que ocurrió con La Trocha
La
magistrada Solano explicó que, en los casos con una gran cantidad de imputados,
es cada vez más difícil garantizar la participación de todos los abogados
defensores involucrados. Hasta un año puede tardar el
proceso de conciliar agendas.
Señaló
como ejemplo el juicio de “La
Trocha” que no ha iniciado luego de 13 años de que ocurrieron los hechos,
aunque el debate está programado para el próximo 31 de marzo, en el Tribunal
Penal del Segundo Circuito Judicial de San José.
La
fecha ha sido pospuesta en múltiples ocasiones y, según uno de los abogados
involucrados, aún podría sufrir nuevos retrasos.
Así
lo reconoció el penalista José Miguel Villalobos, abogado del presidente
Rodrigo Chaves, en declaraciones a Monumental, el
pasado 9 de marzo. Villalobos es uno de los defensores en el caso de la Trocha,
pero también representa a siete imputados por narcotráfico en el Caso
Fénix.
Su
participación en este último proceso le impediría asistir, precisamente, al
inicio del juicio por los presuntos actos de corrupción en la construcción de
la ruta 1856.
Villalobos
argumentó: “El Caso Fénix no va a terminar en una semana, ni en dos; está para
finalizar el último de setiembre. Lo lógico, para tranquilidad de todas las
partes, es que el Tribunal de Guadalupe deje sin efecto la audiencia para el
caso de La Trocha y la fije para después de octubre, noviembre, diciembre o
para el otro año”.
El
Caso Fénix es catalogado como el presunto caso más grande de lavado en Costa
Rica. Un total de 25 personas están acusadas de integrar una organización
criminal asentada en Pérez Zeledón. En el caso de la trocha fronteriza, son 13
los imputados.
La magistrada Patricia Solano señaló que la
ciudadanía le cobra al sistema de justicia estos prolongados retrasos, pese a
que se cuenta con los jueces, las salas de juicio, los fiscales y el personal
técnico necesario para avanzar con el proceso acusatorio. “Nosotros no podemos
dejar la agenda para dos años, a esperar a que su defensor pueda (participar)”,
resaltó.
Una
apreciación similar brindó la magistrada Sandra Zúñiga, también de la Sala
Tercera. “Algunos defensores presentan la agenda al despacho y dicen: ‘Vean, en
el próximo año o año y medio, yo tengo agenda llena’”, agregó.
Audiencia preliminar será obligatoria
para imputados
El
proyecto de ley elaborado por el Poder Judicial también propone que se declare en rebeldía a los imputados que, de forma injustificada, no se presenten a la
audiencia preliminar, a fin de que esta etapa deje de ser vista como
un mero formalismo.
La presencia obligatoria de los acusados en la
audiencia preliminar es necesaria para avanzar en otra de las modificaciones:
que esta sesión sea el último momento procesal para acceder a una solución alterna o
procedimiento especial abreviado.
Más casos para tribunales unipersonales
Por
otra parte, con el objetivo de optimizar el uso del personal, se promueve
aumentar la cantidad de casos que pueden ser juzgados por un
solo juez (tribunal unipersonal).
Actualmente,
esta modalidad solo se aplica cuando el delito achacado conlleva una pena de
hasta cinco años de prisión; por encima de ese castigo, se requiere de tres
jueces.
La
iniciativa plantea extender el ámbito de cobertura de los tribunales
unipersonales a aquellos delitos cuya condena pueda alcanzar hasta 10 años de cárcel. Se espera que esto permita
resolver más casos en menos tiempo.
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Prevé oposición de defensores
Si
bien la magistrada penal Sandra Zúñiga reconoce que la
reforma enfrentará cierto nivel de oposición, por parte de los abogados
defensores, no descarta que la percepción cambie, una vez que esta sea
asimilada y los cambios en la audiencia preliminar se comiencen a evidenciar.
“Siendo
más eficiente la audiencia preliminar, les va a dar más tiempo para asumir
otros procesos a nivel de juicio. Más bien, pueden tener hasta
más clientes si se administra bien el recurso”, destacó.
La
modificación se haría al artículo 104 del Código Procesal Penal, al introducir
la figura de la “sustitución por imposibilidad de asumir actos
o diligencias judiciales concretas”.
La
redacción propuesta señala que, cuando la sustitución ocurra y sea
indispensable para garantizar el derecho de defensa, podrá aplazarse el inicio del acto o diligencia judicial por un
plazo razonable en atención a su complejidad, pero no mayor de cinco días, si el nuevo defensor lo
solicita.
Sin
embargo, aclara que esta sustitución será excepcional, por lo que deberá estar
debidamente fundamentada y procederá únicamente para garantizar el principio de
justicia pronta y cumplida.
Cambios a la audiencia preliminar
Según
la magistrada Sandra Zúñiga, la audiencia preliminar ha sido muy criticada en el medio jurídico penal
nacional como una fase que no tiene ninguna importancia ni trascendencia,
convirtiéndose en un simple formalismo.
“Nosotros
queremos resucitar la audiencia preliminar para que ahí se resuelvan aspectos
importantes, de actividades procesales defectuosas que son como incidencias que
presentan las partes y que tienen que ser resueltas por un juez de garantías,
pero además la posibilidad de llegar a salidas alternas, por ejemplo”, declaró magistada.
De
acuerdo con la magistrada Patricia Solano, se pudo recurrir
a medidas alternativas en el 33% de
los asuntos que llegan a juicio, algo que debe ser acordado en la
audiencia preliminar o etapa intermedia.
No
obstante, esto ya no ocurre porque un fallo de la Sala Constitucional
flexibilizó lo dispuesto en el Código Penal y, ahora, la defensa puede esperar hasta el último minuto del proceso
para hacer la gestión.
“Entonces,
tenemos un juicio para una semana, pero en las fases iniciales del juicio se
dice que se va a aplicar una medida alterna, se aprueba y el resto de la semana
ya no es posible señalar. Los jueces se quedan sin juicios y las agendas se nos
van a años posteriores”, describió la presidenta de la Sala Tercera.
La
decisión del Tribunal Constitucional, de permitir la negociación de medidas
alternativas en cualquier parte del proceso, se habría producido, según la
magistrada, porque en el Código Procesal Penal de
1998 no se dispuso la obligatoriedad de que el imputado estuviera presente en
la audiencia preliminar, por lo que no serían válidos los
acuerdos tomados en su ausencia. Esta situación se corregiría en la versión
promovida por el Poder Judicial.
“¿Por
qué tiene que estar presente el imputado? Porque para llegar a una salida alterna, el imputado tiene que dar su
consentimiento y explicar que entiende los hechos que se le
atribuyen y cualquier situación que se negocie ahí”, subrayó la magistrada
Zúñiga.
En
la audiencia preliminar, también se resolverían gestiones que muchas veces se
convierten en cuellos de botella para la primera fase del proceso, la de
investigación.
“Algunos
de los procesos grandes se nos detienen ahí, porque hay una serie de gestiones
que formulan las partes de actividades procesales defectuosas, de evacuación de
prueba y demás, que muchas veces atrasan y hacen que el asunto de esa fase no
pase, cuesta que pase.
“Entonces,
con esa idea de optimizar, una de las propuestas es que ese tipo de gestiones que presentan las
partes, salvo que causen un gravamen irreparable, no se van a conocer en
esta primera fase, sino que pasan a conocimiento de la fase
intermedia, de la audiencia preliminar”, detalló Zúñiga.
Una
de las ventajas que tiene la audiencia preliminar es que esta etapa se realiza
con la participación de todos los defensores, el Ministerio Público,
querellantes, querellados, Procuraduría General de la República y actores
civiles. “Todo el mundo está ahí en la audiencia preliminar”, resaltó la
magistrada.
Igualmente,
se promueve una modificación al artículo 373 para que, en los casos en que no
comparezca el querellante y el actor civil en la audiencia preliminar, bastará con que el representante del Ministerio Público esté
dispuesto a negociar con la persona imputada, para la aplicación del
procedimiento abreviado.