Corte Plena: Proyecto para castigar préstamos gota a gota no afecta
funcionamiento del Poder Judicial
Plan que permitiría imponer penas de cárcel a cobradores que usen
tácticas intimidotorias, amenazas o lesiones solo
ocupa mayoría simple en el Congreso para ser aprobado
Por Yeryis Salas16 de enero 2024,
6:00 p.m.
El proyecto de
ley que se discute en el Congreso para castigar los préstamos gota a gota no
afecta el funcionamiento del Poder Judicial, según lo determinó la Corte Plena
el pasado lunes.
Lo anterior
significa que el texto podrá convertirse en ley con el apoyo de la mitad más de
uno de los diputados presentes en el plenario (mayoría simple) al momento de la
votación, a diferencia de los 38 votos que hubiese necesitado si afectaba al
Poder Judicial.
Los préstamos
gota a gota consisten en créditos informales de fácil acceso que son ofrecidos
por individuos particulares. Se caracterizan por tasas de interés elevadas que
suelen derivar en cobros extorsivos por parte de los acreedores.
Según
estadísticas del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) citadas en la
exposición de motivos del proyecto, se registraron 689 denuncias entre enero
del 2020 y finales de setiembre del 2022.
De este total,
169 casos corresponden al año 2020, 261 al 2021 y 259 se acumularon hasta
setiembre de 2022, lo que refleja un aumento considerable en esta modalidad de
crédito, la cual, según expertos, incide en homicidios e incluso suicidios.
Los créditos gota
a gota han venido en aumento considerable en los últimos años. Imagen con fines
ilustrativos.
El expediente
23.575, presentado por la diputada Gloria Navas, del Partido Nueva República,
propone imponer sanciones a los cobradores que utilicen tácticas
intimidatorias, amenazas graves, privación de libertad o causen lesiones.
Dichos cobradores
podrían enfrentar penas de tres a diez años de prisión, y en casos en los que
el cobro sea llevado a cabo por una estructura de crimen organizado, la pena se
incrementaría de cuatro a 12 años de prisión.
Además, el
proyecto contempla sanciones de seis meses a dos años de prisión o de entre 20
y 80 días de multa para aquellos que se aprovechen de la situación económica,
estado de pobreza, calamidad social, ligereza o inexperiencia de una persona,
ofreciéndoles o prometiéndoles beneficios pecuniarios desproporcionados en las
condiciones del préstamo. Estas sanciones ya están vigentes para los créditos
usureros.
En el caso de
acreedores no regularizados, la pena podría aumentar a un rango de nueve meses
a tres años o de 30 a 100 días de multa.
Jorge Olaso,
magistrado de la Sala Segunda, quien fue el encargado de presentar el informe
sobre el texto legislativo, manifestó, a través de un correo electrónico leído
por la secretaria de la Corte, que “la perspectiva del proyecto parte de una
visión tradicional de las deudas”.
Olaso señaló que
al plan le faltaba considerar las garantías mobiliarias, reguladas en la Ley
9246, en vigencia desde el 2015, creada con la intención de incrementar el
acceso al crédito, al ampliar las categorías de bienes que pueden ser dados en
garantía, tales como cuentas por cobrar resultantes del ejercicio de cualquier
actividad lícita.
Al ampliar la
definición de garantías, según indicó, el proyecto también ampliaría su
capacidad para penalizar los créditos gota a gota.