Judiciales

Corte Plena: Proyecto para castigar préstamos gota a gota no afecta funcionamiento del Poder Judicial

Plan que permitiría imponer penas de cárcel a cobradores que usen tácticas intimidotorias, amenazas o lesiones solo ocupa mayoría simple en el Congreso para ser aprobado

Por Yeryis Salas16 de enero 2024, 6:00 p.m.

El proyecto de ley que se discute en el Congreso para castigar los préstamos gota a gota no afecta el funcionamiento del Poder Judicial, según lo determinó la Corte Plena el pasado lunes.

Lo anterior significa que el texto podrá convertirse en ley con el apoyo de la mitad más de uno de los diputados presentes en el plenario (mayoría simple) al momento de la votación, a diferencia de los 38 votos que hubiese necesitado si afectaba al Poder Judicial.

Los préstamos gota a gota consisten en créditos informales de fácil acceso que son ofrecidos por individuos particulares. Se caracterizan por tasas de interés elevadas que suelen derivar en cobros extorsivos por parte de los acreedores.

Según estadísticas del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) citadas en la exposición de motivos del proyecto, se registraron 689 denuncias entre enero del 2020 y finales de setiembre del 2022.

De este total, 169 casos corresponden al año 2020, 261 al 2021 y 259 se acumularon hasta setiembre de 2022, lo que refleja un aumento considerable en esta modalidad de crédito, la cual, según expertos, incide en homicidios e incluso suicidios.

Un hombre con un celular en la mano

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Los créditos gota a gota han venido en aumento considerable en los últimos años. Imagen con fines ilustrativos.

El expediente 23.575, presentado por la diputada Gloria Navas, del Partido Nueva República, propone imponer sanciones a los cobradores que utilicen tácticas intimidatorias, amenazas graves, privación de libertad o causen lesiones.

Dichos cobradores podrían enfrentar penas de tres a diez años de prisión, y en casos en los que el cobro sea llevado a cabo por una estructura de crimen organizado, la pena se incrementaría de cuatro a 12 años de prisión.

Además, el proyecto contempla sanciones de seis meses a dos años de prisión o de entre 20 y 80 días de multa para aquellos que se aprovechen de la situación económica, estado de pobreza, calamidad social, ligereza o inexperiencia de una persona, ofreciéndoles o prometiéndoles beneficios pecuniarios desproporcionados en las condiciones del préstamo. Estas sanciones ya están vigentes para los créditos usureros.

En el caso de acreedores no regularizados, la pena podría aumentar a un rango de nueve meses a tres años o de 30 a 100 días de multa.

Jorge Olaso, magistrado de la Sala Segunda, quien fue el encargado de presentar el informe sobre el texto legislativo, manifestó, a través de un correo electrónico leído por la secretaria de la Corte, que “la perspectiva del proyecto parte de una visión tradicional de las deudas”.

Olaso señaló que al plan le faltaba considerar las garantías mobiliarias, reguladas en la Ley 9246, en vigencia desde el 2015, creada con la intención de incrementar el acceso al crédito, al ampliar las categorías de bienes que pueden ser dados en garantía, tales como cuentas por cobrar resultantes del ejercicio de cualquier actividad lícita.

Al ampliar la definición de garantías, según indicó, el proyecto también ampliaría su capacidad para penalizar los créditos gota a gota.