Recurso humano: una prioridad del Consejo Superior |
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Competencia señalada por la Ley Orgánica del Poder Judicial | ||
Andrea Marín Mena Periodista
El funcionamiento efectivo y eficiente del Poder Judicial pasa por la administración del recurso humano de la institución, ésta es una de las principales labores a cargo del Consejo Superior. Dentro de las competencias a cargo del máximo órgano judicial se encuentra la designación de las funcionarias y los funcionarios que administran justicia, con excepción de los nombramientos que le corresponden a Corte Plena. El traslado provisional o definitivo, el conocimiento de suspensiones o concesiones de licencias con goce de salario o sin él o incluso su remoción, son parte de sus funciones y que aplica a las y los servidores judiciales en general. Tienen también la tarea de designar al personal juzgador interino o suplente, para atender los programas de apoyo a los despachos judiciales, cuando los volúmenes de trabajo que registran son altos. Le corresponde la aprobación o improbación de las designaciones a cargo de las jefaturas administrativas en despachos, departamentos u oficinas judiciales, dentro de esta labor verifica que cada nombramiento se haya ajustado al procedimiento que señala el Estatuto de Servicio Judicial. Además, tiene a su cargo el ejercicio de la potestad disciplinaria de las y los servidores judiciales; así como resolver aquellos reclamos de carácter económico que se le hagan a la institución y a los servidores judiciales y las decisiones respecto a reintegros de dineros que procedan conforme a la ley. El Consejo Superior está integrado por:
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