Cuatro procesos concentrarán la Justicia en materia de Familia, Pensiones Alimentarias, Niñez y Adolescencia | ||
Nuevo Código Procesal de Familia entra en vigencia el 1 de octubre de 2024. | ||
Andrea Marín Mena Periodista
Los Juzgados y Tribunales que atienen la materia de Familia, en todo el país, se preparan para aplicar las nuevas normas que establece el Código Procesal de Familia, a partir del 1 de octubre de 2024. “Esta Ley permitirá a las personas usuarias el acceso a procesos más ágiles, más sencillos y mucho más humanos, siempre con el objetivo de brindar una justicia de calidad en el menor tiempo posible”, explicó el gestor de la Comisión de la Jurisdicción de Familia del Poder Judicial, Eddy Rodríguez Chaves. Cuatro tipos procesales concentrarán la resolución de los conflictos en esta materia y les invitamos a conocerlos. El proceso principal se denomina Proceso resolutivo Familiar, el cual tiene a cargo resolver asuntos relacionados con divorcios, separación judicial, nulidad de matrimonios y reconocimiento de uniones de hecho. En estos se puede tramitar la discusión sobre bienes gananciales, las investigaciones e impugnaciones de paternidad, así como aspectos relacionados con el régimen de vistas, custodia y conflictos relacionados con la responsabilidad parental, entre otros. Se establecieron los Procesos de Protección Cautelar, en los que se puede gestionar una solicitud de medida de protección, a favor de personas menores de edad, personas con discapacidad, personas adultas mayores o personas en condición de vulnerabilidad. En los llamados Procesos de Petición Unipersonal, no existe una demanda ni una persona demandada, pues corresponde a la gestión que se realiza para solicitar una autorización o permiso del Juzgado de Familia para trámites como el nombramiento de una persona tutora o depositaria de una persona menor edad, pedir una solicitud de salvaguarda, solicitar una autorización para disponer de bienes de personas menores de edad o con discapacidad. En el caso de los Procesos Resolutivos Especiales, que regula el nuevo Código Procesal de Familia, están definidos para la tramitación de pensiones alimentarias, la restitución internacional de personas menores de edad contempla los procesos de adopción; así como los divorcios, la separación judicial y el reconocimiento de la unión de hecho siempre que se haga de mutuo acuerdo entre las partes. El Código Procesal de Familia entrará en vigencia el próximo 1 de octubre de 2024 y desde su aprobación en la Asamblea Legislativa en el 2019, el Poder Judicial prepara a los diferentes juzgados de familia, pensiones alimentarias, violencia doméstica, niñez y adolescencia, que tienen a cargo la administración de justicia en esta materia. |