| Discurso del Magistrado Orlando Aguirre Gómez | ||
Congreso conmemorativo del 30° Aniversario de la Ley de Justicia Penal Juvenil |
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Es un gusto acompañarlos en este Congreso conmemorativo de los treinta años de la Ley de Justicia Penal Juvenil. Quiero comenzar agradeciendo a quienes han organizado este encuentro y, muy especialmente, a las muchas personas que durante estas tres décadas han contribuido a construir y fortalecer esta jurisdicción. Treinta años nos obligan a reconocer lo aprendido y a preguntarnos qué debemos revisar a la luz de una realidad que ha cambiado profundamente. La Ley de Justicia Penal Juvenil significó una transformación importante para el país. Con ella avanzamos hacia un sistema que reconoce a la persona adolescente como sujeto de derechos y responsabilidades, tomando en cuenta su etapa de desarrollo. Naturalmente, la justicia debe exigir responsabilidad cuando se ha cometido un delito. Pero también debe procurar que su intervención no determine, de manera irreversible, la vida de una persona que todavía está creciendo. Sabemos que existen estructuras criminales que incorporan a personas cada vez más jóvenes a actividades delictivas. Esa realidad nos obliga a plantearnos preguntas difíciles. La preocupación de la ciudadanía por la seguridad es legítima. También lo es el derecho de las víctimas a recibir una respuesta efectiva. Y justamente en este cruce de expectativas necesitamos respuestas igualmente serias, construidas con evidencia, especialización y sentido de proporcionalidad. Hay, al menos, tres preguntas que me parece importante dejar planteadas en este Congreso. La primera tiene que ver con lo que ha cambiado. ¿Qué tuvo que ocurrir para que una persona de doce, trece o catorce años terminara frente a un tribunal penal? ¿Cómo debe responder el Estado cuando una persona joven comete un delito y, al mismo tiempo, ha podido ser utilizada por estructuras criminales adultas? No existe una sola respuesta. Detrás pueden encontrarse abandono educativo, violencia, falta de oportunidades, entornos familiares difíciles o comunidades donde el crimen organizado ha ido ganando espacio. Una sentencia no puede sustituir lo que corresponde construir antes desde la familia, la escuela, las instituciones públicas y la comunidad. Esto nos lleva a una segunda pregunta, vinculada con aquello que debemos preservar. Treinta años de experiencia nos han enseñado el valor de contar con una jurisdicción especializada. Debemos exigir responsabilidad, atender adecuadamente a las víctimas y mantener, al mismo tiempo, una posibilidad real de reinserción. Porque la reinserción también tiene que ver con seguridad. La tercera pregunta mira hacia adelante y tiene que ver con lo que necesitamos fortalecer. Una buena ley, por sí sola, no basta. Hacen falta equipos especializados, seguimiento y coordinación entre instituciones. Hace falta capacidad para convertir los principios de la Ley en resultados concretos. ¿Cuáles intervenciones reducen realmente la reincidencia? ¿Qué ocurre después de cumplir una sanción? ¿Cómo sabemos si una víctima recibió la respuesta que necesitaba? Son preguntas que una jurisdicción con experiencia puede y debe hacerse. Les deseo muchos éxitos en las jornadas que comenzarán y les insto a encontrar soluciones sostenibles que equilibren la exigencia de responsabilidad sin cerrar demasiado pronto el futuro de una persona joven. Muchas gracias. |