Hacia un nuevo Derecho Procesal de Familia
Msc. Naín Isaac Monge Segura Comisión de Derecho de Familia del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica

El Derecho de Familia en Costa Rica ha tenido un gran avance con la promulgación del Código Procesal de Familia, el cual fue aprobado mediante ley n° 9747 y entró en vigencia el primero de octubre de dos mil veinticuatro.

Es una norma que establece las etapas y los tiempos por los cuales se van a tramitar las diversas pretensiones dentro de las relaciones familiares, con la particularidad de que fue creada con una visión propia del Derecho de Familia y con la aplicación de principios cuando se requiere interpretar o integrar su contenido.

La finalidad del código es colocar a la persona humana como eje central del proceso en procura de la búsqueda de la tutela judicial efectiva a través de las condiciones óptimas de acceso a la justicia.

El Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica durante todo este año de vigencia ha desarrollado un serio y comprometido proceso de capacitación a nivel nacional, llegando a todo el país, buscando el compromiso, la vocación y la excelencia académica, todo en procura de garantizar la calidad de la asesoría legal en los procesos de familia.

En este año de vigencia se ha demostrado un avance importante en los tiempos de resolución de los procesos, lo cual reduce el plazo de espera de la sentencia, sumado al hecho de que la conciliación se ha convertido en una herramienta muy importante para buscar que las personas tengan soluciones oportunas y efectivas de sus pretensiones.

El establecimiento de audiencias orales concentradas en donde la misma persona juzgadora que entrevista a las personas menores de edad, recibe la prueba y escucha las conclusiones del proceso, es quien dicta la decisión del caso, ha generado el fortalecimiento de la inmediatez y la identidad física de quien dirige la audiencia y resuelve finalmente el proceso, generando una mejor comprensión de la realidad fáctica familiar.

El control de legalidad de la actividad jurisdiccional por parte de las personas abogadas y el uso de las herramientas defensivas que el mismo código implementa ha permitido la creación de un proceso más justo y democrático por medio del cual la persona abogada transforma, adapta y completa el proceso de familia.

Seguiremos trabajando en la capacitación y formación de las personas abogadas con el fin de brindarles mejores herramientas en la importante labor de atender los conflictos familiares y buscar la pacificación de tales conflictos a través de acuerdo equilibrado y sentencia justas, recordando que la norma procesal se va construyendo y moldeando en cada caso concreto y con la aplicación de los principios democráticos que establece el propio Código Procesal de Familia.

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