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27 de febrero de 2025 - Edición 293
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Código Procesal Agrario

Sector productivo agrario de Costa Rica contará con herramientas que agilizan los procesos

  • Garantiza sentencias más ágiles y eficientes, así como un mayor acceso a la justicia a las personas usuarias.
  • Mónica Chavarría Bianchini
    Periodista

    Gracias a la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Agrario, a partir de este 28 de febrero, el Poder Judicial atenderá el compromiso de fortalecer el servicio que se le brinda a las personas usuarias de una forma eficaz, eficiente y de calidad.

    Este nuevo conjunto de leyes, además de agilizar los procesos, atiende las necesidades de las personas en condición de vulnerabilidad, pero también, piensa en el sector productivo nacional, en los empresarios y las empresarias, en las transnacionales y en empresas grandes que están a cargo de la producción agraria nacional, ya que da respuestas rápidas a este importante sector que necesita de esos procesos de manera ágil y eficaz.

    El proceso propuesto tiene la posibilidad de lograr una solución más rápida al conflicto de la producción agropecuaria, ya que el país tiene un componente agrícola muy grande, y de éste depende la alimentación. Por ejemplo, la economía agrícola genera trabajo y riqueza, de manera que, lograr una solución a las diferencias con rapidez, permite continuar produciendo.

    Según indicó la vicepresidenta de la Corte Suprema de Justicia, magistrada Damaris Vargas Vásquez, el proceso agrario está diseñado para que genere mucha accesibilidad a las partes, no solamente a las poblaciones en situación de vulnerabilidad o vulnerabilizadas, sino que también al sector productivo que son las pequeñas, medianas y grandes empresas del país, que necesita respuestas rápidas.

    “Hay un gran compromiso país con el sector productivo agrario y ese compromiso lo tiene el Estado y consecuentemente el Poder Judicial, con este sector que es importantísimo por la seguridad alimentaria en Costa Rica. Nuestro compromiso es brindarles resoluciones justas, de calidad y rápidas con un proceso eficiente, pero además que elimine todas esas barreras de formalismos y que haga más accesibles los trámites que se emiten a nivel judicial, procurando lo más rápido posible llegar a la etapa de la sentencia”, aseguró la magistrada Vargas Vásquez.

    El nuevo Código Procesal Agrario es una oportunidad para garantizar el acceso a la justicia a las personas usuarias, mediante procesos modernos y ágiles en concordancia con los derechos fundamentales, contribuyendo de esta manera con la estabilidad social y la economía nacional.

    Dentro de los alcances que contiene este nuevo instrumento, se establece un proceso ambiental preferente, amplía los medios de prueba, implementa la grabación audiovisual, contempla un procedimiento simplificado a través de una audiencia única, establece la obligación de que las resoluciones sean traducidas en idioma indígena, entre otros.

    Código Procesal Agrario entrará en vigencia el próximo 28 de febrero.

    El presidente de la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia y coordinador de la Comisión de la Jurisdicción Agraria, magistrado Luis Guillermo Rivas señaló que “esta herramienta procesal establece un método para escuchar a las partes, más ágil, más sencillo y que permitirá lograr una mayor rapidez en la solución del conflicto agrario”.

    Acceso a la justicia

    Este nuevo cuerpo normativo busca agilidad en los procesos que involucra al sector productivo.

    Este nuevo proceso es un compromiso de atender en forma eficaz, eficiente y con calidad al sector productivo, en general, y a las personas que en situaciones de vulnerabilidad requieren de asistencia técnica y gratuita, con el fin de solventar sus conflictos.

    Según explicó Rebeca Salazar Alcócer, gestora agraria “se pretende hacer de este nuevo código, un excelente instrumento jurídico que, además de útil y valioso, pueda evidenciar y reforzar todos aquellos principios básicos que rigen la materia, especialmente los principios de la eficiencia y la celeridad procesal”.

    En el artículo 59 del nuevo Código Procesal Agrario se establece que, si bien el idioma español debe ser el utilizado en todos los actos procesales, es obligatorio en todos los procesos en que participen personas indígenas, informarles sobre su derecho a que las resoluciones y actuaciones sean traducidas en su idioma, pudiendo decretarse la nulidad de los actos si no son debidamente traducidos.


    Esta misma norma establece que, se debe nombrar una persona intérprete en el idioma indígena concreto de la etnia a la que pertenezca y el costo de los honorarios del intérprete será sufragado por el Poder Judicial.

    Este código garantiza un verdadero acceso a la justicia a las poblaciones indígenas, de modo tal que puedan entender todo lo que se resuelve y actúa en el proceso en el que son partes, facilitando la comunicación con la persona defensora agraria que les brinda el patrocinio letrado. Se establece ese derecho de la población indígena a la integración efectiva al proceso y la especialización de servicios.

    El código garantiza un verdadero acceso a la justicia a las poblaciones indígenas.

    Proceso Ambiental Preferente

    Se crea la figura del proceso ambiental preferente.

    Una innovación importante es la creación del proceso ambiental preferente, que permite, a través de una tramitación más expedita, enmendar la afectación al medioambiente, el cual debe ser protegido.

    Este es un proceso exclusivo para aquellos conflictos donde se discuta, entre particulares, daños al medio ambiente, con un trámite más corto y una ejecución de sentencia más eficiente.

    Esta nueva normativa, según explicó la magistrada Damaris Vargas está basada en convenios internacionales de Derechos Humanos ambientales, pues se tiene que dar prioridad a estos casos.

    “Estamos concretando en esta normativa procesal, lineamientos que incorporan las convenciones internacionales de Derechos Humanos en materia ambiental, que la Sala Constitucional ha dicho que son supraconstitucionales”, aseguró la jerarca.

    Grabación de audiencias

    Algunos de los cambios que se presentarán será en las audiencias, las cuales deberán ser grabadas en audio y video, facilitando el dictado de la sentencia, tanto en primera como en segunda instancia, así como en Casación. Con ello, se logrará reproducir todo lo sucedido, permitiendo que, las personas juzgadoras puedan tener una visión real de la prueba y de lo expresado por las partes.

    Cabe destacar que el Código Procesal Agrario permite un mayor y mejor acceso a la justicia, a través de procesos menos onerosos, con la posibilidad de ser auxiliados por la Defensa Pública; además, serán procesos más cortos, pues se procura realizar en una audiencia única concentrada, muchas gestiones que antes se hacían por escrito.

    El juez agrario Carlos Picado Vargas explicó que con estas reformas, el Tribunal Agrario, desde su labor y competencia, tendrá la posibilidad de realizar audiencias orales cuando sea verdaderamente preciso recibir una prueba.

    “El código es una oportunidad muy esperada para mejorar la justicia agraria y su éxito depende de varios factores, como mayores recursos humanos y la capacitación continua de todas las personas que trabajamos en la materia, así como la aprobación del proyecto de ley que procura mejoras”, indicó el juez Carlos Picado.

    Código busca procesos más cortos y menos onerosos.

    Plazos

    Se involucran cambios en los plazos de la parte recursiva.

    Cambian algunos plazos, que permiten que la tarea recursiva, que es parte del derecho de defensa, sea más razonable y permita elaborar en forma puntual el ataque a la decisión que pueda afectar a quien lo presenta. El plazo para presentar el recurso de Casación es de 15 días, el plazo para una revocatoria de tres días, son más razonables y corrigen lo experimentado en la ley que se cambia.

    Este nuevo instrumento de ley, también presenta la posibilidad de conciliar sin tener que demandar, lo que permitirá que las personas usuarias, con el auxilio de la persona juzgadora y las personas abogadas, puedan resolver, en forma anticipada, sus problemas; siendo entonces, el establecimiento de una demanda la última posibilidad de solución del conflicto.


    El Código fortalece el desempeño de la Defensa Pública Agraria dotándola de un Fondo de Apoyo y estableciendo el patrocinio letrado gratuito a las personas que acrediten que carecen de recursos económicos suficientes. Así mismo, se garantiza este beneficio a las personas indígenas.

    El Código fortalece el desempeño de la Defensa Pública Agraria.


    La capacitación es parte importante en el trabajo de implementación de este Código.

    Cabe destacar que, la Escuela Judicial en forma coordinada con la Gestoría Agraria y la Comisión Agraria, así como el Consejo Nacional de la Jurisdicción Agraria y la Defensa Pública, capacitan a personas auxiliares, juzgadoras y defensoras agrarias en los distintos procesos que establece el Código, así como la Comisión de Derecho Agrario del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica con las personas usuarias y litigantes con cursos virtuales y presenciales en todo el país.

    Alcances del nuevo Código Procesal Agrario
    • Amplía medios de prueba
    • Grabación audiovisual de audiencias
    • Implementa audiencia única
    • Traducción y asistencia a personas indígenas
    • Crea proceso ambiental preferente


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